SUNAT concluye que persona natural que genere rentas de 3ra y 4ta categoría por actividad profesional no puede acoger la totalidad de dichas rentas al Nuevo Rus Informe N° 069-2018-SUNAT/7T0000
SUNAT concluye que la persona natural domiciliada en el Perú, que adicionalmente a sus rentas por la realización de actividades empresariales, obtiene rentas de cuarta categoría por el ejercicio independiente de una profesión, no puede acogerse al Nuevo RUS por ambas rentas conjuntamente. Informe N° 069-2018-SUNAT/7T0000.
Mediante Informe N° 069-2018-SUNAT/7T000 del 25 de julio de 2018, y publicado en su página web el 13 de agosto de 2018, la Intendencia Nacional Jurídica de la SUNAT ha analizado si resulta viable o no el acogimiento de una persona natural al Nuevo RUS por la totalidad de las rentas que obtenga por realización de actividades empresariales y por las rentas de cuarta categoría por el ejercicio independiente de la profesión.
En ese sentido, ha llegado a la siguiente conclusión:
INFORME N.° 069-2018-SUNAT/7T0000
MATERIA:
Se consulta si una persona natural domiciliada en el Perú, que adicionalmente a sus rentas por la realización de actividades empresariales obtiene rentas de cuarta categoría por el ejercicio independiente de una profesión, puede acogerse al Nuevo RUS por la totalidad de esas rentas.
CONCLUSIÓN:
La persona natural domiciliada en el Perú, que adicionalmente a sus rentas por la realización de actividades empresariales, obtiene rentas de cuarta categoría por el ejercicio independiente de una profesión, no puede acogerse al Nuevo RUS por ambas rentas conjuntamente.
Al respecto, debemos mencionar que la conclusión emitida por SUNAT en el Informe N° 069-2018-SUNAT/7T0000 resulta acertada, toda vez que de acuerdo a las normas que regulan el Nuevo RUS solo están dentro del ámbito de aplicación de dicho régimen tributario, los domiciliados en el Perú que sean personas naturales y sucesiones indivisas que realicen actividades empresariales, o personas naturales no profesionales que perciban rentas de cuarta categoría únicamente por actividades de oficios.
A continuación compartimos con ustedes el enlace web en el cual se puede descargar el contenido del Informe N° 069-2018-SUNAT/7T0000:
http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2018/informe-oficios/i069-2018-7T0000.pdf