La SUNAT puede trabar medida cautelar de embargo sobre las acciones emitidas por las CMAC, como consecuencia de la capitalización de utilidades cuya titularidad corresponde a las municipalidades provinciales, que son principales accionistas de aquellas Informe 010-2016-SUNAT/5D0000
Mediante Informe N° 010-2016-SUNAT/5D0000 del 13 de enero de 2016Informe 010-22016-SUNAT, la Intendencia Jurídica de la Superintendencia de Aduanas y Administración Tributaria, ha concluido lo siguiente:
“La SUNAT puede trabar medida cautelar de embargo sobre las acciones emitidas por las CMAC, como consecuencia de la capitalización de utilidades, realizada en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto Supremo N.° 157-90-EF, cuya titularidad corresponde a las municipalidades provinciales, que son principales accionistas de aquellas.”
En el referido Informe N° 010-2016-SUNAT/5D0000 la Administración Tributaria concluye que: las acciones emitidas por las CMAC que corresponde a las municipalidades provinciales son embargables partiendo del análisis que ” los bienes afectados al servicio público son aquellos que están destinados al cumplimiento de fines públicos de las entidades del Estado, a los cuales se les atribuye el carácter de inalienable e imprescriptible, en razón de que el cambio de destino de tales bienes puede paralizar la prestación del servicio público al que están afectados. Pues bien, respecto de las acciones materia de consulta no se aprecia que, como tales, estén destinadas a la realización de un fin público”; asimsmo, refiere que: “se puede afirmar que las acciones de las CMAC cuya titularidad corresponde a las municipalidades provinciales, emitidas como consecuencia de la capitalización de sus utilidades, no están afectados a un servicio público.”