Devolución de pago indebido por multa prevista en el numeral 1 del artículo 177 del Código Tributario.

PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO TRIBUTARIO- DEVOLUCIÓN DE PAGO INDEBIDO.

Devolución de pago indebido por multa prevista en el numeral 1 del artículo 177 del Código Tributario.

Tribunal Fiscal concluye que procede la devolución del pago indebido por multa Tributaria prevista en el artículo 177 del Código Tributario, si la contribuyente no se encontraba obligada a llevar Registro de Costos. RTF No. 01811-5-2017.

RTF No. 01811-5-2017:

Se revoca la apelada, que declaró infundada la reclamación formulada contra la Resolución de Intendencia, que a su vez declaró improcedente la devolución presentada mediante Formulario 4949, toda vez que en aplicación del criterio de este Tribunal, establecido en la Resolución N° 08246-8-2015, no está acreditado en autos que la recurrente se encontraba dentro de los alcances del inciso a) del artículo 35° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta y, como tal, obligada a llevar el Registro de Costos, por lo que no puede concluirse que no cumplió con exhibir el Registro de Costos solicitado, en consecuencia, el pago efectuado por la recurrente por la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 177° del Código Tributario, deviene en indebido, por lo que corresponde revocar la resolución apelada, a efecto que la Administración proceda a la devolución solicitada.

En ese sentido, si tu empresa como consecuencia de un procedimiento de fiscalización, o voluntariamente efectuó el pago de la multa prevista en el numeral 1 del artículo 177 del Código Tributario por omisión de llevar el registro de Costos, y no se encontraba obligada a ello, tiene expedito su derecho a pedir la devolución de dicho pago indebido en atención al criterio jurisprudencial emitido por el Tribunal Fiscal en la RTF No. 08246-8-2015, teniendo los contribuyentes 4 años para solicitar la devolución de dicho pago indebido.

Para mayor información compartimos con uds el contenido de la RTF No. 01811-5-2017.

http://www.mef.gob.pe/contenidos/tribu_fisc/Tribunal_Fiscal/PDFS/2017/5/2017_5_01811.pdf

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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