Indecopi: cobro de arbitrios en el Callao por parques y jardines respecto a aeropuertos es barrera burocrática

Indecopi: cobro de arbitrios en el Callao por parques y jardines respecto a aeropuertos es barrera burocrática
 
14/09/2023 Como barreras burocráticas ilegales declaró el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) diversas disposiciones de la Ordenanza Municipal N° 016-2020 de la Municipalidad Provincial de Callao sobre el cobro de los arbitrios municipales por concepto de parques y jardines respecto de aeropuertos para el ejercicio 2021.
La Resolución 0381-2023/SEL-Indecopi precisa que ese cobro se materializa en los artículos 5, 8, en el segundo párrafo del artículo 3 y en el punto 20) del artículo 10 de la Ordenanza Municipal 016-2020, Ordenanza Municipal que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Barridos de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2021 en el Cercado del Callao.
 
La entidad señala que, de acuerdo con el artículo 69-A del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 776, Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo 156-2004-EF, la ordenanza que aprueba los arbitrios debe contener la explicación de los costos que demandan los servicios brindados por la municipalidad, según el número de contribuyentes, así como los criterios que justifiquen el incremento de dichos costos, de ser el caso.
 
Para el ejercicio 2021, precisa, la Municipalidad Provincial del Callao estableció arbitrios por concepto de parques y jardines, con respecto a aeropuertos, sin justificar el incremento del costo directo denominado “mano de obra directa” con relación al 2020.
 
En tal sentido, al no cumplir con justificar el incremento mencionado, los arbitrios por concepto de parques y jardines respecto de aeropuertos que impuso la comuna no han sido establecidos conforme con lo dispuesto en el artículo 69-A del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, por lo que su cobro para aeropuertos resulta ilegal, subraya.
 
“Es pertinente precisar que lo resuelto únicamente se refiere al cobro de arbitrios municipales por concepto de parques y jardines con respecto a aeropuertos, mas no con relación a personas naturales sin actividad económica; y, además, no implica que el contribuyente no deba pagar los arbitrios municipales por concepto de parques y jardines correspondientes al ejercicio fiscal 2021, una vez que se encuentren válidamente determinados por la autoridad competente conforme a la legislación de la materia”, aclara la resolución.
 
Fuente: Diario Oficial El Peruano del 14 de setiembre de 2023.
 
https://www.elperuano.pe/noticia/223007-indecopi-cobro-de-arbitrios-en-el-callao-por-parques-y-jardines-respecto-a-aeropuertos-es-barrera-burocratica
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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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