Requisitos a observar en la deducción del gasto y del crédito fiscal
Requisitos para la deducción del crédito fiscal:
- Acreditación de la adquisición con toda la documentación probatoria aplicable
- La adquisición debe calificar como gasto o costo para efectos del Impuesto a la Renta
- La adquisición debe destinarse a operaciones gravadas con el IGV
- El IGV debe encontrarse disgregado en el comprobante de pago
- Los datos contenidos en el comprobante de pago no deben diferir de la información contenida en los medios de acceso publico de la SUNAT.
- El comprobante de pago debe encontrarse anotado en el Registro de Compras en el periodo en el cual se hace uso del crédito fiscal.
- Utilización de medios de pago si el importe de la operación es igual o superior a los $ 500 o los S/ 2,000.
- Cumplir con efectuar la detracción si la adquisición se encuentra sujeta al Régimen de Detracciones del IGV.
Requisitos para la deducción del gasto:
- Cumplimiento del principio de causalidad (necesidad del gasto)
- Razonabilidad, normalidad y generalidad (gastos del personal) del gasto realizado
- Deducción del gasto en el ejercicio en el cual se devengó
- Acreditación del gasto con toda la documentación probatoria aplicable
- Requisitos formales previstos en el reglamento y la Ley para su deducción
- Verificar si el gasto se encuentra sujeto a límite cuantitativo para su deducción.
- El gasto no debe encontrarse en la lista taxativa de gastos prohibidos del artículo 44° de la Ley del Impuesto a la Renta.
- Utilización de medios de pago si el importe de la operación es igual o superior a los $ 500 o los S/ 2,000.