Principales diferencias entre los gastos de representación y los gastos de publicidad.

Principales diferencias entre los gastos de representación y los gastos de publicidad.
 
• Los gastos de representación constituyen gastos sujetos a límite cuantitativo para su deducción (no deben superar el 0,5% de los Ingresos Netos hasta un tope de 40 UIT). Los gastos de publicidad no tienen límite cuantitativo.
 
 
• Los gastos de representación constituyen gastos en favor de clientes, proveedores, potenciales clientes o proveedores o cualquier beneficiario con el cual la empresa tiene una relación directa. Los gastos de publicidad son erogaciones efectuadas a la masa de consumidores reales o potenciales.
 
 
• El exceso del gasto de representación, esto es, lo que supera el límite permitido por la Ley para su deducción, genera una adición, diferencia permanente en la regularización del Impuesto a la Renta. Los gastos de publicidad al no tener límite en su deducción no generan una adición o diferencia permanente en la determinación del Impuesto a la Renta (salvo que no se acredite el cumplimiento del principio de causalidad).
 
• El exceso de gasto de representación genera una incidencia en la deducción del crédito fiscal, lo que exceda el límite permitido como gasto, no dará derecho a la deducción del crédito fiscal al no calificar como gasto o costo para efectos del Impuesto a la Renta. Los gastos de publicidad, al no tener límite para su deducción, no limitan el uso del crédito fiscal.
 
• Los gastos de representación no podrían ser cuestionados por la Administración por no cumplir con el principio de razonabilidad, en tanto la Ley les ha fijado un límite cuantitativo para su deducción. Los gastos de publicidad sí podrían ser cuestionados por SUNAT por no cumplir con el principio de razonabilidad, en tanto SUNAT verifique que la empresa no ha sustentado la debida proporción del gasto en comparación con los ingresos generados en la empresa, lo cual deberá evaluarse en cada caso en concreto.
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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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