Regulan pago oportuno de facturas a las mypes
EL OBJETIVO ES DINAMIZAR LA ECONOMÍA NACIONAL
Regulan pago oportuno de facturas a las mypes
Empresas compradoras tendrán 30 días para cancelar documentos, detalla la norma.
La medida se dispuso mediante la publicación de la Ley de pago de facturas mype a 30 días (Ley 31362).
Determina que en el momento que se apruebe la conformidad del bien entregado o servicio prestado, el proveedor emite la factura o recibo por honorarios correspondiente.
Conformidad
Precisa que la empresa privada o entidad pública adquiriente tiene un plazo de ocho días calendario contados a partir de la recepción del bien o servicio, para otorgar la conformidad de acuerdo con lo establecido en la orden de compra, contrato o términos de referencia u otro documento que acredite la adquisición.
Así, la conformidad del bien o servicio entregado debe constar por escrito mediante el cargo correspondiente.
Mediante esta Ley se dispuso que el pago del monto total de las facturas o recibos por honorarios emitidos deberá cancelarse de forma efectiva en un plazo máximo de 30 días calendario, contados a partir de la emisión.
En el caso que se hubiera acordado realizar el pago en cuotas, debe indicarse las fechas respectivas de pago de cada una, tomando en cuenta que la primera cuota se paga como máximo en 30 días calendario a la presentación de la factura o recibo por honorarios. Se fija que excepcionalmente, el proveedor y el adquirente pueden establecer, de común acuerdo, un plazo distinto siempre que conste por escrito, sea suscrito por quienes concurran en él y no constituya abuso para el proveedor de bienes o servicios.
De no realizarse el pago correspondiente dentro del plazo establecido, el acreedor incurrirá en mora, devengándose desde el día siguiente de la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago.
La tasa de interés moratoria será calculada según los criterios establecidos por el BCR y los procedimientos correspondientes serán establecidos de acuerdo con el reglamento.
Contrataciones estatales
La Ley dispone que en el caso de procesos de contratación en instituciones públicas que se realizan
dentro del marco del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley 30255, Ley de Contrataciones del Estado, sus
disposiciones son aplicables siempre que sean más favorables para las mypes o proveedores del Estado en general.
Se fija, además, que por 180 días calendario, contados a partir de su entrada en vigencia, el pago del monto de las facturas o recibos por honorarios, en el caso de las empresas privadas, se podrá realizar en un plazo máximo de 60 días calendarios.
Fuente: Diario Oficial El Peruano del 29 de noviembre de 2021.