Sunat se pronuncia en relación a los alcances del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV (RERA)

Recuperación Especial de Recuperación Anticipada del IGV (RERA)

SUNAT concluye que procede la devolución del Impuesto General a las Ventas consignado en comprobantes de pago correspondientes a la adquisición de bienes, servicios y contratos de construcción que son destinados simultáneamente a diferentes etapas del proyecto en la proporción que corresponde a las que aún se encuentran en etapa preproductiva, incluso cuando la primera etapa ha iniciado operaciones.

Informe N° 093-2021-SUNAT/7T0000

Fecha de emisión: 29.10.2021

Fecha de publicación: 16.11.2021

Con fecha 16 de noviembre de 2021, se ha publicado en la página web de SUNAT, el Informe N° 093-2021-SUNAT/7T0000 emitido por la Intendencia Nacional Jurídica de la Administración Tributaria, en el cual se analiza la procedencia de la devolución del IGV en el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV.

Al respecto, en el Informe N° 093-2021-SUNAT/7T0000, la Administración Tributaria ha concluido que procede la devolución del Impuesto General a las Ventas consignado en comprobantes de pago correspondientes a la adquisición de bienes, servicios y contratos de construcción que son destinados simultáneamente a diferentes etapas del proyecto en la proporción que corresponde a las que aún se encuentran en etapa preproductiva, incluso cuando la primera etapa ha iniciado operaciones.

Cabe mencionar que, en el aludido Informe N° 093-2021-SUNAT/7T0000, la Administración Tributaria señala que la identificación de las adquisiciones de cada etapa preproductiva cuando se trate de proyectos que se desarrollen en etapas, tramos y similares, ello será verificado en los registros contables, teniendo la SUNAT la posibilidad de establecer controles adicionales para facilitar dicha identificación.

A continuación, compartimos el contenido del Informe N° 093-2021-SUNAT/7T0000.

INFORME N.° 093 -2021-SUNAT/7T0000

MATERIA:

En el marco del Régimen Especial de Recuperación Anticipada (RERA) del Impuesto General a las Ventas (IGV) se consulta si procede la devolución del IGV consignado en comprobantes de pago correspondientes a la adquisición de bienes, servicios y contratos de construcción que son destinados simultáneamente a diferentes etapas del proyecto en la proporción que corresponde a las que aún se encuentran en etapa preproductiva, incluso cuando la primera etapa ha iniciado operaciones.

CONCLUSIÓN:

Procede la devolución del IGV consignado en comprobantes de pago correspondientes a la adquisición de bienes, servicios y contratos de construcción que son destinados simultáneamente a diferentes etapas del proyecto en la proporción que corresponde a las que aún se encuentran en etapa preproductiva, incluso cuando la primera etapa ha iniciado operaciones.

INFORME N° -2005-SUNAT/2B0000

 

 

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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