Sunat retoma fiscalización en el traslado de bienes
Sunat retoma fiscalización en el traslado de bienes en todo el país.
Este servicio deberá estar sustentado con sus respectivos documentos.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó la reanudación de las acciones de control y fiscalización relacionadas con el traslado de bienes en todo el país, suspendidas durante el estado de emergencia nacional por la pandemia del covid-19.
Así, este traslado de bienes debe estar sustentado con los respectivos documentos, como son las guías de remisión remitente, guías de remisión transportista u otros documentos exigidos por la normatividad vigente, a fin de evitar infracciones que conlleven a la aplicación de sanciones como el comiso de bienes, internamiento de vehículo o una multa.
La administración tributaria precisó que debido al estado de emergencia nacional para hacer frente a la pandemia del covid-19 se suspendieron las actividades en los puestos de control de tributos internos a escala nacional, actividades que ya se han reanudado.
Estrategia
El reinicio del control a este tipo de actividades tuvo una primera etapa de orientación, principalmente, en la cual se recordó a los usuarios las obligaciones tributarias en el traslado de bienes, emitiéndose más de 2,000 actas preventivas.
En estos documentos se tipifican las infracciones incurridas, pero también se comunica que la intervención es de carácter preventivo, pero de incurrir nuevamente en la misma falta se le aplicaría la sanción respectiva.
Del total de actas preventivas emitidas, el 62% (1,226) fueron a los remitentes de los bienes y el 38% (738) a los transportistas. Un dato adicional es que alrededor del 38% de estas actas preventivas (745) se emitieron los viernes, sábado y domingo.
Luego de esta etapa y desde el 16 de octubre se ha iniciado el control con la posibilidad de aplicar sanciones a remitentes de bienes y transportistas.
La administración tributaria, de ese modo, continuará con estas acciones de control en todo el país promoviendo que los contribuyentes cumplan con las obligaciones tributarias relacionadas al traslado de bienes, a fin de formalizar todas sus actividades comerciales.
Fuente: Diario Oficial El Peruano del 7 de diciembre de 2020.