Instituciones Educativas Particulares no pueden acogerse al Régimen MYPE Tributario

Instituciones Educativas Particulares no pueden acogerse al Régimen MYPE Tributario

Sunat concluye que las IEP del Decreto Legislativo N.° 882 no pueden acogerse al RMT del impuesto a la renta, resultando de aplicación la normativa sobre el régimen general para la determinación del impuesto.

Informe No. 075-2020-SUNAT/7T0000

Fecha de emisión: 24.08.2020
Fecha de publicación:16.09.2020

Con fecha 16 de setiembre de 2020, se ha publicado el Informe No. 075-2020-SUNAT/7T0000, mediante la Intendencia Nacional Juridica de la Sunat analiza el régimen tributario del Impuesto a la Renta aplicable a las instituciones educativas particulares.

Al respecto, Sunat en el aludido Informe No. 075-2020-SUNAT/7T0000, ha concluido que las IEP del Decreto Legislativo N.° 882 no pueden acogerse al RMT del impuesto a la renta, resultando de aplicación la normativa sobre el régimen general para la determinación del impuesto.

Cabe mencionar que la Administración Tributaria llega a dicha conclusión toda vez que la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, ha señalado de manera expresa que a las IEP se les aplica las disposiciones del Régimen General del impuesto a la renta, lo cual implica que no se le pueda aplicar las correspondientes a otro régimen; sin que una norma posterior, como la del MYPE, haya dispuesto
la aplicación de otro régimen para dichas entidades educativas.

A continuación, compartimos el contenido del Informe No. 075-2020-SUNAT/7T0000.

INFORME N.° 075-2020-SUNAT/7T0000

MATERIA:

Se consulta si las instituciones educativas particulares del Decreto Legislativo N.° 882 que realizan actividad lucrativa pueden acogerse al Régimen MYPE del impuesto a la renta.

CONCLUSIÓN:

Las IEP del Decreto Legislativo N.° 882 no pueden acogerse al RMT del impuesto a la renta, resultando de aplicación la normativa sobre el régimen general para la determinación del impuesto.

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2020/informe-oficios/i075-2020-7T0000.pdf

 

 

Puntuación: 5 / Votos: 1

MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *