La venta en el país o la importación del palmito fresco no se encuentra exonerada del IGV

La venta en el país o la importación del palmito fresco no se encuentra exonerada del IGV

Asimismo, Sunat concluye que la venta en el país de las aletas de tiburón en estado fresco no se encuentra exonerada del IGV.

Informe N° 052-2020-SUNAT/7T0000

Fecha de emisión: 30.07.2020

Fecha de publicación:09.09.2020

Con fecha 09 de setiembre de 2020, se publicó en la página web de SUNAT, el Informe N° 052-2020-SUNAT, emitida por la Intendencia Nacional Jurídica de la Sunat, mediante el cual analiza el tratamiento tributario en el IGV de la venta de palmito fresco, aletas de tiburón en estado fresco y congelado y la venta en el país de espárragos o páprika, frescos o refrigerados, por parte de proveedores que hubieran renunciado a la exoneración del IGV.

Al respecto, la Administración Tributaria concluye lo siguiente:

  1. La venta en el país o la importación del palmito fresco no se encuentra exonerada del IGV.
  2. La venta en el país de las aletas de tiburón en estado fresco se encuentra exonerada del IGV.
  3. La venta en el país de espárragos o páprika, frescos o refrigerados, por parte de proveedores que hubieran renunciado a la exoneración del IGV se encuentra sujeta al SPOT.

A continuación, compartimos el contenido del Informe N° 052-2020-SUNAT/7T0000.

INFORME N.° 052-2020-SUNAT/7T0000

MATERIA:

Se formulan las siguientes consultas:

  1. ¿La venta en el país y la importación del palmito fresco se encuentran exoneradas del Impuesto General a las Ventas (IGV)?
  2. ¿La venta en el país de las aletas de tiburón en estado fresco se encuentran exoneradas del IGV? 3. ¿La venta en el país de espárragos y páprika, frescos o refrigerados, por parte de empresas que hubieran renunciado a la exoneración del IGV, se encuentra sujeta al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT)?

CONCLUSIONES:

  1. La venta en el país o la importación del palmito fresco no se encuentra exonerada del IGV.
  2. La venta en el país de las aletas de tiburón en estado fresco se encuentra exonerada del IGV.
  3. La venta en el país de espárragos o páprika, frescos o refrigerados, por parte de proveedores que hubieran renunciado a la exoneración del IGV se encuentra sujeta al SPOT.

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2020/informe-oficios/i052-2020-7T0000.pdf

 

 

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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