Entidades que califiquen como establecimiento permanente a partir del 1.1.2019, deben comunicar a SUNAT la modificación de datos en el RUC

Entidades que califiquen como establecimiento permanente a partir del 1.1.2019, deben comunicar a SUNAT la modificación de datos en el RUC

Administración Tributaria concluye que una oficina de representación de una entidad no domiciliada, que califique como establecimiento permanente a partir del 01.01.2019, debe comunicar a la SUNAT la modificación de datos en el RUC; no correspondiendo que dicho establecimiento permanente solicite una nueva inscripción en el RUC

Informe N° 037-2020-SUNAT/7T0000

Fecha de emisión: 08.06.2020

Fecha de publicación: 09.07.2020

Con fecha 09 de julio de 2020, se ha publicado en la página web de SUNAT, el Informe N° 037-2020-SUNAT/7T0000, mediante el cual la Intendencia Nacional Jurídica de la SUNAT, se pronuncia en relación con la comunicación de modificación de datos en el RUC que deben efectuar a Sunat,  las entidades que a partir del 1.1.2019 califiquen como establecimientos permanentes.

Al respecto, la Administración Tributaria ha concluido que una oficina de representación de una entidad no domiciliada inscrita en el RUC como sujeto responsable de tributos administrados por la SUNAT, y que a partir del 1.1.2019, a raíz de la incorporación del artículo 14-B a la Ley del Impuesto a la Renta dispuesta por el Decreto Legislativo N.° 1424, califica como establecimiento permanente de la citada entidad no domiciliada, debe comunicar a la SUNAT la modificación de datos en el RUC; no correspondiendo que dicho establecimiento permanente solicite una nueva inscripción en el RUC.

Cabe recordar, que mediante Decreto Legislativo N° 1424, se incluyó el artículo 14°-B a la Ley del Impuesto a la Renta, incluyéndose como establecimiento permanente a partir del 1.1.2019 a todo lugar fijo de negocios mediante el cual una empresa unipersonal, sociedad o entidad de cualquier naturaleza constituida en el exterior desarrolla, total o parcialmente, sus actividades.

A continuación, compartimos el contenido del aludido Informe N° 037-2020-SUNAT/7T0000

INFORME N.° 037-2020-SUNAT/7T0000

MATERIA:

Se plantea el supuesto de una oficina de representación de una entidad no domiciliada inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) como sujeto responsable de tributos administrados por la SUNAT, y que a partir del 1.1.2019, a raíz de la incorporación del artículo 14-B a la Ley del Impuesto a la Renta dispuesta por el Decreto Legislativo N.° 1424, califica como establecimiento permanente en el país de la citada entidad no domiciliada.

Al respecto, se consulta si el establecimiento permanente en el país debe solicitar una nueva inscripción en el RUC o debe comunicar a la SUNAT la modificación de datos en el RUC que obtuvo como oficina de representación de una entidad no domiciliada.

CONCLUSIÓN:

Una oficina de representación de una entidad no domiciliada inscrita en el RUC como sujeto responsable de tributos administrados por la SUNAT, y que a partir del 1.1.2019, a raíz de la incorporación del artículo 14-B a la Ley del Impuesto a la Renta dispuesta por el Decreto Legislativo N.° 1424, califica como establecimiento permanente de la citada entidad no domiciliada, debe comunicar a la SUNAT la modificación de datos en el RUC; no correspondiendo que dicho establecimiento permanente solicite una nueva inscripción en el RUC.

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2020/informe-oficios/i037-2020-7T0000.pdf

 

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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