Pago de tributos se podrá efectuar con documentos virtuales
Pago de tributos se podrá efectuar con documentos virtuales
En aplicación de la R. S. N° 085-2020/Sunat.
Las empresas que ejecutan obras por impuestos, así como los productores o importadores bajo el ámbito del Fondo para la Estabilización de Precios de Combustibles, podrán pagar sus deudas tributarias con los certificados y los documentos cancelatorios-tesoro público (DCTP) electrónicos, mediante el servicio ‘Mis declaraciones y pagos’.
Esto en aplicación de la R. S. N° 085-2020/Sunat, que aprueba disposiciones para que los contribuyentes paguen la deuda tributaria declarada o contenida en valores con documentos valorados electrónicos, afirmó la experta Llanet Gaslac al detallar la norma.
De acuerdo con la resolución, el contribuyente deberá ingresar a este servicio por medio de Sunat Operaciones en Línea y acceder a la opción ‘Pago con documentos valorados’ (Formulario Virtual N° 1671).
Luego registrará el tipo de documento valorado por utilizar, la deuda a pagar, los documentos valorados y el importe del pago.
Se generará la constancia de pago como confirmación de haberlo efectuado, que podrá ser impresa, descargada o enviada al e-mail señalado.
Así, se facilita el uso de estos documentos para el pago de las deudas en esta coyuntura del covid-19, aseveró.
Impacto
Medida adoptada por la Sunat contribuye a la reactivación económica de las empresas y al mantenimiento de la cadena de pago, manifestó la tributarista del estudio Rebaza.
Fuente: Diario Oficial El Peruano del 24 de mayo de 2020