Efectos tributarios de la ampliación del estado de emergencia nacional por trece (13) días calendarios
Estimados seguidores, a continuación comparto con ustedes algunos alcances y recomendaciones a seguir vinculadas con la ampliación del estado de emergencia nacional por trece (13) días calendarios, regulado mediante Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, Prórroga del Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, publicada el 27 de marzo de 2020, y los efectos tributarios que ello genera en las obligaciones tributarias de los contribuyentes.
Cabe mencionar, que en el artículo 1° del aludido Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, se dispone prorrogar el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y precisado por los Decretos Supremos N° 045-2020-PCM y Nº 046-2020-PCM, por el término de trece (13) días calendario, a partir del 31 de marzo de 2020.
Asimismo, se dispone que durante la prórroga del Estado de Emergencia Nacional, se mantienen vigentes las demás medidas adoptadas en el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, precisado mediante los Decretos Supremos N° 045-2020-PCM y Nº 046-2020-PCM.
De otro lado, si bien SUNAT ha publicado recientemente un Comunicado haciendo referencia a que el ejercicio de la facultad discrecional de no sancionar, son aquellas infracciones que se incurran durante el estado de emergencia nacional señalado en el Decreto Supremo N° 045-2020-PCM, dicho comunicado estaría desactualizado, teniendo en consideración, la reciente publicación del Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, al que hacemos referencia en los párrafos precedentes.
A continuación, compartimos los alcances y recomendaciones a seguir para efectos tributarios durante el estado de emergencia nacional.
Obligaciones tributarias en estado de emergencia
Obligaciones tributarias en estado de emergencia.Dr. Miguel Carrillo. Abogado tributaristaDeclaración jurada anual.Declaraciones juradas mensuales.Libros contables.Sanciones tributarias.
Posted by Perucontable on Friday, March 27, 2020
Excelente exposición Dr. Miguel Carrillo. Aparte del análisis profesional propiamente dicho, vale destacar la exhortación llamando a la tranquilidad de todos los que nos relacionamos en el area contable-tributario, en estos momentos difíciles que vive nuestro Perú.
Muchas gracias y saludos,
Julio Sandoval
Estimado Julio, muchas gracias por tus comentarios
Un fuerte abrazo.
Saludos cordiales,
Miguel Carrillo