Aprueban normas relativas a la Disposición de Transparencia prevista en el Decreto de Urgencia N° 009-2019 sobre la aplicación de los incentivos tributarios del Impuesto a la Renta regulados en el Decreto Legislativo N° 1188

Aprueban normas relativas a la Disposición de Transparencia prevista en el Decreto de Urgencia N° 009-2019 sobre la aplicación de los incentivos tributarios del Impuesto a la Renta regulados en el Decreto Legislativo N° 1188

Decreto Supremo N° 025-2020-EF

Fecha de publicación: 06.02.2020
Fecha de vigencia: 07.02.2020

Con fecha 06 de febrero de 2020, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 025-2020-EF, mediante el cual se aprueban las normas relativas a la Disposición de Transparencia prevista en el Decreto de Urgencia N° 009-2019 sobre la aplicación de los incentivos tributarios del Impuesto a la Renta regulados en el Decreto Legislativo N° 025-2020-EF.

Al respecto, cabe mencionar que de acuerdo a lo señalado en el artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1188 se dispuso que las rentas por arrendamiento u otra forma onerosa de cesión en uso de bienes inmuebles atribuidas atribuidas a una persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que optó por tributar como tal, domiciliada en el país o a una empresa unipersonal constituida en el exterior están sujetas a una tasa de retención definitiva del impuesto a la renta de cinco por ciento (5%) sobre la renta bruta, la que será retenida por la sociedad administradora del Fondo de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles.

En ese sentido, en el Decreto Supremo N° 025-2020-EF en referencia se dispone que la información a que se refiere la segunda disposición complementaria final del Decreto de Urgencia N° 009-2019 es la relativa a la retención definitiva del impuesto a la renta aplicable a las rentas por arrendamiento u otra forma onerosa de cesión en uso de bienes inmuebles que corresponde a los ejercicios gravables 2020, 2021 y 2022, la cual se publica en el Portal de Transparencia de la SUNAT hasta el último día hábil del mes de julio del 2021, 2022 y 2023, respectivamente.

A continuación, compartimos el contenido del Decreto Supremo N° 025-2020-EF:
Aprueban normas relativas a la Disposición de Transparencia prevista en el Decreto de Urgencia N° 009-2019 sobre la aplicación de los incentivos tributarios del Impuesto a la Renta regulados en el Decreto Legislativo N° 1188

DECRETO SUPREMO

N° 025-2020-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Legislativo N° 1188 se otorgaron incentivos tributarios a fin de promover las inversiones a través de los Fondos de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles;
Que el artículo 5 del referido Decreto Legislativo establece que las rentas por arrendamiento u otra forma onerosa de cesión en uso de bienes inmuebles atribuidas a una persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que optó por tributar como tal, domiciliada en el país o a una empresa unipersonal constituida en el exterior están sujetas a una tasa de retención definitiva del impuesto a la renta de cinco por ciento (5%) sobre la renta bruta, la que será retenida por la sociedad administradora del Fondo de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles;

Que la segunda disposición complementaria final del Decreto de Urgencia N° 009-2019 que modifica el Decreto Legislativo N° 1188, dispone que mediante decreto supremo se establezcan las disposiciones necesarias para que la SUNAT publique en su Portal de Trasparencia determinada información sobre la aplicación de los incentivos tributarios del impuesto a la renta regulados en el citado decreto legislativo;
Que resulta necesario dictar las normas reglamentarias que permitan aplicar lo dispuesto en la referida disposición complementaria final;

En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;

DECRETA:

Artículo 1. Publicación en el Portal de Transparencia de la SUNAT

1.1 La información a que se refiere la segunda disposición complementaria final del Decreto de Urgencia N° 009-2019 es la relativa a la retención definitiva del impuesto a la renta aplicable a las rentas por arrendamiento u otra forma onerosa de cesión en uso de bienes inmuebles que corresponde a los ejercicios gravables 2020, 2021 y 2022, la cual se publica en el Portal de Transparencia de la SUNAT hasta el último día hábil del mes de julio del 2021, 2022 y 2023, respectivamente.

1.2 A efecto de realizar la referida publicación se considera personas naturales a aquellas propiamente dichas, a las sucesiones indivisas y a las sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, domiciliadas en el país. Asimismo, se consideran personas jurídicas a las empresas unipersonales constituidas en el exterior a que se refiere el inciso k. del párrafo 1.1 del artículo 1 del Reglamento de la Ley N° 30532, Ley que promueve el desarrollo del mercado de capitales y del Decreto Legislativo N° 1188, Decreto Legislativo que otorga incentivos fiscales para promover a los Fondos de Inversión en Bienes Inmobiliarios, aprobado por el Decreto Supremo N° 264-2017-EF.

Artículo 2. Refrendo

El presente decreto supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Vigencia

El presente decreto supremo entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil veinte.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas

1853029-1

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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