Venta de inmuebles adquiridos parcialmente luego del 2004 no estarán afectos al Impuesto a la Renta

Sunat aclara mediante informe que se entenderá que la totalidad del inmueble se adquirió antes del 2004

Como se sabe, al vender un inmueble, se debe pagar impuesto a la renta de segunda categoría, es decir el 5% de las ganancias brutas de la transferencia. Sin embargo, existen excepciones. Por ejemplo, cuando uno vende un inmueble que fue adquirido antes del primero de enero del 2004, no se encuentra sujeto al pago de la renta.

Mediante informe N° 157-2019-SUNAT/7T0000, la Sunat ha declarado que este beneficio también aplica para casos en los que se haya adquirido parte del inmueble luego del primero de enero del 2004. Recordamos que inmuebles adquiridos en su totalidad antes del primero de enero del 2004 no generan renta gravable al momento de su venta, de acuerdo a los dispuesto en las disposiciones transitorias finales de la ley del impuesto a la renta.

Es decir que si uno adquirió parte de un inmueble, por ejemplo el 50% de este, antes del 2004, luego adquiere el 50% remanente, y luego procede a venderlo, la venta no estará sujeta al impuesto a la renta. Es decir, aunque la totalidad del inmueble se haya adquirido luego del primero de enero del 2004, se tratará como si todo el inmueble se hubiera adquirido antes de esta fecha.

Sunat, efectivamente, ha extendido el beneficio de los derechos adquiridos antes del 2004 a la totalidad de los derechos adquiridos con posterioridad. Esto, debido a que consideran que si ha habido posesión y uso de propiedad del inmueble desde un momento anterior al primero de enero del 2004, por lo que se estaría respetando el espíritu de la norma.

Esta interpretación reducirá el costo de venta de inmuebles en muchos casos. Por ejemplo, un hijo que adquirió parte del inmueble propiedad de sus padres como consecuencia de la muerte de su padre en el 2002, que luego adquirió la totalidad de la casa como resultado de la muerte de su madre en el 2013 no tendrá que pagar impuesto a la renta al vender el inmueble.

Fuente: Diario Gestión del martes 12 de noviembre de 2019

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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