Se aprueba nueva versión del Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo- Formulario Virtual N° 615

Aprueban nueva versión del Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo – Formulario Virtual N° 615

Resolución de Superintendencia N° 217-2019/SUNAT

Fecha de publicación: 31.10.2019

Fecha de entrada en vigencia: 01.11.2019

Con fecha 31 de octubre de 2019, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia N° 217-2019/SUNAT, mediante la cual se aprueba la nueva versión del Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo- Formulario Virtual N° 615

Asimismo, se dispone que el  PDT ISC– Formulario Virtual Nº 615 – versión 4.0 deberá ser utilizado a partir del 1 de noviembre de 2019, independientemente del período al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias.

De otro lado, se establece que  El ISC debe ser pagado en la oportunidad de la presentación del PDT ISC- Formulario Virtual N.°615. De no realizarse en dicha oportunidad se debe efectuar a través del Sistema Pago Fácil, utilizando para tal efecto los códigos según el Anexo que forma parte de la aludida Resolución de Superintendencia N° 217-2019/SUNAT.

La Resolución de Superintendencia N° 217-2019/SUNAT entrará en rigor el 1 de noviembre de 2019 y el PDT ISC-Formulario Virtual N° 615-versión 4.0 estará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual a partir de dicha fecha.

A continuación, compartimos el contenido de la aludida Resolución de Superintendencia N° 217-2019/SUNAT:

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/aprueban-nueva-version-del-programa-de-declaracion-telematic-resolucion-n-217-2019sunat-1821928-1/

Aprueban nueva versión del Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo – Formulario Virtual N° 615

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº 217-2019/SUNAT

APRUEBAN NUEVA VERSIÓN DEL PROGRAMA DE DECLARACIÓN TELEMÁTICA DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO – FORMULARIO VIRTUAL Nº 615

Lima, 29 de octubre de 2019

CONSIDERANDO:

Que en uso de las facultades concedidas por el numeral 88.1 del artículo 88 del Código Tributario, cuyo último Texto Único Ordenado (TUO) fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, se aprobó mediante la Resolución de Superintendencia Nº 134-2019/SUNAT el Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo (PDT ISC), Formulario Virtual Nº 615 – versión 3.2;

Que resulta necesario modificar el PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615 – versión 3.2, con la finalidad de que incorpore información más detallada que contribuya a optimizar la gestión de la información de la recaudación del impuesto por producto;

Que atendiendo a lo señalado en el considerando anterior, resulta necesario aprobar una nueva versión del PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615;

Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario, en la medida que su finalidad es optimizar el uso del PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615;

En uso de las facultades conferidas por el numeral 88.1 del artículo 88 del Código Tributario, cuyo último TUO fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modificatorias; el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias, el artículo 5° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y normas modificatorias; y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de la nueva versión del PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615

Apruébase la versión 4.0 del PDT ISC– Formulario Virtual Nº 615.

Artículo 2.- Obtención de la nueva versión del PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615

La nueva versión del PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615 aprobada por la presente resolución, estará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual a partir de la vigencia de la presente resolución de superintendencia.

La SUNAT, a través de sus dependencias, facilita la obtención del citado PDT.

Artículo 3.- Utilización de la nueva versión del PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615

El PDT ISC– Formulario Virtual Nº 615 – versión 4.0 deberá ser utilizado a partir de la vigencia de la presente resolución de superintendencia, independientemente del período al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias.

Artículo 4.- Del Pago

El ISC debe ser pagado en la oportunidad de la presentación del PDT ISC- Formulario Virtual N.°615. De no realizarse en dicha oportunidad se debe efectuar a través del Sistema Pago Fácil, utilizando para tal efecto los códigos según el Anexo que forma parte de la presente resolución.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

Única.- VIGENCIA

La presente resolución entra en vigor el 1 de noviembre de 2019.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ

Superintendenta Nacional

ANEXO

CÓDIGOS DE TRIBUTOS PARA EL PAGO DEL ISC

CÓDIGO

ABREVIATURA (SIGLA)

DESCRIPCIÓN BREVE

DESCRIPCIÓN COMPLETA

2011

ISCCOM

ISC – APÉNDICE III – COMBUST

ISC – APÉNDICE III – COMBUSTIBLES

2021

ISCVEH

ISC-APEND IV-VEHÍCULOS (*)

ISC – APÉNDICE IV – VEHÍCULOS

2031

ISCBEB

ISC-APEND IV-BEB NO ALC (*)

ISC – APÉNDICE IV – BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS

2033

ISCALC

ISC-APEND IV-ALCOHOLES (*)

ISC – APÉNDICE IV – ALCOHOLES

2056

ISCPIS

ISC-APEND IV-PISCO (*)

ISC – APÉNDICE IV – PISCO

2057

ISCCIG

ISC-APEND IV-CIGARRILLOS (*)

ISC – APÉNDICE IV – CIGARRILLOS

2058

ISCCIT

ISC-APEND IV-CIG Y TAB (*)

ISC – APÉNDICE IV – CIGARROS Y TABACOS

2041

ISCCER

ISC-APEND IV-CERVEZAS (*)

ISC – APÉNDICE IV – CERVEZAS

2042

ISCVIN

ISC-APEND IV-VINOS (*)

ISC – APÉNDICE IV – VINOS

2043

ISCOBA

ISC-APEND IV-OT BEB ALCOH (*)

ISC – APÉNDICE IV – OTRAS BEBIDAS ALCOHÓLICAS

2072

ISCLOT

ISC – LOTERÍAS, BINGOS, RIFA

ISC – LOTERÍAS, BINGOS, RIFAS Y SORTEOS

2074

ISCHIP

ISC – EVENTOS HÍPICOS

ISC – EVENTOS HÍPICOS

(*) Estos códigos o su nueva descripción resultan aplicables a partir del periodo octubre de 2019. Respecto de los periodos anteriores se continuará utilizando los códigos o la descripción vigentes antes de la entrada en vigor de la presente resolución.

1821928-1

 

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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