Cinco (5) tips para afrontar un Procedimiento de Cobranza Coactiva de la SUNAT

Un tema que resulta importante para los contribuyentes es el referido a los mecanismos de defensa que pueden accionar ante un procedimiento de cobranza coactiva de la SUNAT, y las precauciones que deben considerar para evitar una afectación a su patrimonio ante una deuda tributaria declarada que no ha sido pagada oportunamente.

Atendiendo a ello, a continuación, compartimos cinco (5)  tips o recomendaciones que los contribuyentes deben tomar en cuenta respecto de un procedimiento de cobranza coactiva iniciado por la Administración Tributaria:

  1. Si tiene deuda tributaria declarada y pendiente de pago, revise permanentemente su Buzón Notificaciones SOL,  recuerde que SUNAT viene notificando la orden de pago que contiene la deuda tributaria pendiente de pago, así como la resolución de ejecución coactiva que inicia el procedimiento de cobranza coactiva utilizando la notificación electrónica vía Notificaciones SOL.

 

  1. Si la cobranza coactiva se ha iniciado respecto de deuda tributaria que no le ha sido debidamente notificada, o que no resulta exigible coactivamente al amparo del artículo 115° del Código Tributario, interponga queja ante el Tribunal Fiscal contra el procedimiento de cobranza coactiva y a su vez presente un escrito de conclusión de cobranza coactiva dirigido al ejecutor coactivo de la Administración Tributaria.

 

  1. Si la Administración Tributaria le ha trabado embargo en forma de retención bancaria o embargo en forma de inscripción sobre bien inmueble, y la cobranza coactiva resulta irregular, en el escrito de queja al Tribunal Fiscal contra el procedimiento de cobranza coactiva invoque que se disponga la suspensión temporal de la cobranza coactiva hasta que se emita pronunciamiento definitivo sobre la queja al acreditarse el peligro en la demora y la verosimilitud de lo indicado en la queja.

 

  1. Si la deuda tributaria que es materia de cobranza coactiva no ha sido debidamente notificada y a la fecha se encuentra prescrita, invoque la prescripción en el escrito de conclusión de cobranza coactiva al ejecutor coactivo, y en la queja ante el Tribunal Fiscal además de cuestionar las actuaciones irregulares del procedimiento de cobranza coactiva, comunique al Tribunal Fiscal que ha invocado la prescripción del cuestione el procedimiento de cobranza coactiva y comunique al Tribunal Fiscal que ha solicitado la prescripción de la deuda tributaria;  asimismo, si como consecuencia del inicio de la cobranza coactiva la Administración Tributaria ha cobrado parte del importe de la deuda tributaria mediante embargo en forma de retención y aún queda un remanente pendiente de cobranza, solicite en la queja ante el Tribunal Fiscal y en el escrito de conclusión de cobranza coactiva,  la devolución del importe indebidamente embargado, a efectos que SUNAT no oponga al momento de dar respuesta al proveído emitido por el Tribunal Fiscal la prescripción de la facultad para solicitar la devolución del monto indebidamente embargado.

 

  1. Si tiene un fraccionamiento tributario en trámite recuerde que ello no impide la notificación de la Orden de Pago por la deuda declarada y no pagada, y posteriormente la resolución de ejecución coactiva por la deuda tributaria exigible, si la orden de pago llegase antes que se apruebe el fraccionamiento tributario, lo más recomendable es pagar el importe adeudado a efectos de evitar el inicio de cobranza coactiva, el cobro de la comisión bancaria por cuenta del Banco por un eventual embargo en forma de retención y la comunicación de la deuda tributaria pendiente de pago a las centrales de riesgo.

Miguel Ángel Carrillo

Abogado especialista en Derecho Tributario

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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