LEY DE PROMOCIÓN DE LA AMAZONÍA SOSTENIBLE. LEY N° 30977

El día de hoy, miércoles 3 de julio de 2019, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Ley N° 30977,  Ley de Promoción de la Amazonía Sostenible.

A continuación, compartimos el contenido de la aludida Ley N° 30977:

LEY Nº 30977

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE PROMOCIÓN DE

LA AMAZONÍA SOSTENIBLE

Artículo 1. Objeto de la Ley

La presente ley tiene por objeto promover el desarrollo sostenible e integral de la Amazonía.

Artículo 2. Plan integral de Desarrollo de la Amazonía Sostenible

La Presidencia del Consejo de Ministros elaborará en un plazo de 180 días un Plan Multisectorial de Promoción de la Amazonía Sostenible con participación de los gobiernos regionales amazónicos y las comunidades nativas de conformidad con los siguientes ejes:

  1. a) Primer Eje: Seguridad Alimentaria, el cual está disgregado en los siguientes componentes:

– Manejo de pesquerías en cochas y ríos

– Cambio de canasta nutricional para los niños

– Lucha contra la anemia y desnutrición.

  1. b) Segundo Eje: Territorio, el cual está disgregado en los siguientes componentes:

– Ordenamiento territorial

– Nuevos modelos de acceso al bosque (áreas de desarrollo sostenible)

– Seguridad jurídica de los bosques inundables

– Titulación de tierras comunales.

  1. c) Tercer eje: Condiciones para el desarrollo sostenible de la Amazonía, el cual está disgregado en los siguientes componentes:

– Energía sostenible

– Conectividad sostenible

– Incentivos

– Acceso a crédito

– Creación de un fondo de desarrollo de la Amazonía que permita conservar los bosques como sumideros de carbono.

  1. d) Cuarto eje: Puesta en valor, el cual está disgregado en los siguientes componentes:

– Bionegocios

– Turismo

– Madera con valor agregado

– Servicios ambientales

– Conocimiento ancestral

– Promoción de la asociatividad.

Artículo 3. Financiamiento

El Plan de Promoción de la Amazonía Sostenible, se realizará con cargo a los pliegos presupuestales respectivos y sin generar demandas adicionales al erario nacional.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los cuatro días del mes de junio de dos mil diecinueve.

DANIEL SALAVERRY VILLA

Presidente del Congreso de la República

LEYLA CHIHUÁN RAMOS

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108º de la Constitución Política del Perú y 80º del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, al primer día del mes de julio de dos mil diecinueve.

DANIEL SALAVERRY VILLA

Presidente del Congreso de la República

LEYLA CHIHUÁN RAMOS

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

1784895-2

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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