Aprueban el Plan Contable General Empresarial. Consejo Normativo de Contabilidad Resolución N° 002-2019-EF/30
El día de hoy, viernes 24 de mayo de 2019, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución N° 002-2019-EF/30 del Consejo Normativo de Contabilidad, mediante la cual se aprueba el Plan Contable General Empresarial.
En ese sentido, se dispone que el Plan Contable General Empresarial, regirá a partir del 1 de enero de 2020, y será de uso obligatorio para las entidades del sector privado y las empresas públicas, en lo que corresponda, rige a partir del 1 de enero de 2020, con aplicación optativa para el presente año.
Asimismo, se dispone la derogación del Plan Contable Empresarial aprobado mediante Resolución de Consejo Normativo de Contabilidad N° 041-2008-EF/94 y su versión modificada con la Resolución 043-2010-EF/94. La derogación se hará efectiva a partir del 1.1.2020.
A continuación, se comparte el contenido de la aludida Resolución N° 002-2019-EF/30 del Consejo Normativo de Contabilidad:
Aprueban el Plan Contable General Empresarial
CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD
RESOLUCIÓN Nº 002-2019-EF/30
Lima, 16 de mayo de 2019
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Resolución N° 041-2008-EF/94 el Consejo Normativo de Contabilidad aprobó el Plan Contable General Empresarial con vigencia a partir del 1 de enero de 2011 y aplicación optativa en el año 2010, asimismo a través de la Resolución N° 043-2010-EF/94 el Consejo Normativo de Contabilidad aprobó la Versión Modificada del Plan Contable General Empresarial;
Que, el Plan Contable General Empresarial establece un procedimiento de actualización y vigencia, el mismo que es evaluado y actualizado periódicamente con organismos y/o profesionales de la contabilidad;
Que, conforme al inciso 2 del párrafo 6.2 del Decreto Legislativo N° 1438 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, el Consejo Normativo de Contabilidad tiene la función de emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado y las empresas públicas;
Que, en concordancia con lo dispuesto en el considerando precedente y en aplicación a lo señalado en el párrafo 14.5 del artículo 14 del precitado Decreto Legislativo, las entidades del sector privado y las empresas públicas, en lo que corresponda, efectúan el registro contable de sus transacciones con sujeción a las normas y procedimientos emitidos por el Consejo Normativo de Contabilidad; salvo el caso de las entidades supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para las cuales, dicho organismo ha establecido normas específicas;
En uso de las atribuciones conferidas en el párrafo 6.1 del artículo 6 del Decreto Legislativo N°1438 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Contable General Empresarial, que forma parte de la presente Resolución, cuyo uso obligatorio para las entidades del sector privado y las empresas públicas, en lo que corresponda, rige a partir del 1 de enero de 2020, con aplicación optativa para el presente año. La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones establece normas y procedimientos específicos del registro contable de sus entidades supervisadas.
Artículo 2.- Derogar el Plan Contable Empresarial aprobado mediante la Resolución de Consejo Normativo de Contabilidad N° 041-2008-EF/94 y su versión modificada con la Resolución 043-2010-EF/94 y todas aquellas disposiciones distintas a lo establecido en el artículo 1 de la presente Resolución o que limiten su aplicación.
Esta derogación se hará efectiva a partir de la entrada en vigencia del PCGE mencionado en el Artículo 1.
Artículo 3.- Disponer la difusión del PCGE en la página Web del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe, en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Contabilidad Pública y recomendar a la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, a los Colegios de Contadores Públicos Departamentales y a las Facultades de Ciencias Contables y Financieras de las Universidades del país y otras instituciones competentes, la difusión de lo dispuesto por la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR PAJUELO RAMÍREZ
Presidente
OSCAR ALFREDO DÍAZ BECERRA
Facultades de Ciencias Contables de las
Universidades del País
FREDY R. LLAQUE SÁNCHEZ
Superintendencia Nacional de Aduanas y
Administración Tributaria
MELINA MARTEL ORTIZ
Superintendencia de Mercados de Valores
GUILLERMO POWZEN REAÑO
Banco Central de Reserva del Perú
BLANCA S. GUILLERMO SERREPE
Instituto Nacional de Estadísticas e Informática
CARLOS RUIZ HILLPHA
Confederación Nacional de Instituciones
Empresariales Privadas
ÁNGEL R. SALAZAR FRISANCHO
Junta de Decanos de los Colegios de Contadores
Públicos del Perú
1772236-1