Modifican el Procedimiento Específico “Rectificacón del Manifiesto de Carga, Actos Relacionados, Documentos Vinculados e Incorporación “DESPA-PE.09.02” (versión 6). Resolución de Superintendencia N° 091-2019/SUNAT

El día de hoy, martes 30 de abril de 2019, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia N° 091-2019/SUNAT, mediante la cual se modifica el Procedimiento Específico “Rectificación del Manifiesto de  Carga, Actos Relacionados, Documentos Vinculados e Incorporación “DESPA-PE.09.02 (versión 6).

A continuación, compartimos el contenido de la aludida Resolución de Superintendencia N° 091-2019/SUNAT:

Modifican el Procedimiento Específico “Rectificacón del Manifiesto de Carga, Actos Relacionados, Documentos Vinculados e Incorporación “DESPA-PE.09.02” (versión 6)

RESOLUCICÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° 091-2019/SUNAT

MODIFICAN EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO “RECTIFICACIÓN DEL MANIFIESTO DE CARGA, ACTOS RELACIONADOS, DOCUMENTOS VINCULADOS E INCORPORACIÓN”

DESPA-PE.09.02 (VERSIÓN 6)

Lima, 29 de abril de 2019

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución de Intendencia Nacional N° 39-2016-SUNAT/5F0000 se aprobó el procedimiento específico “Rectificación del manifiesto de carga, actos relacionados, documentos vinculados e incorporación” INTA-PE.09.02 (versión 6), el cual fue recodificado por la Resolución de Intendencia Nacional N° 07-2017-SUNAT/5F0000 como DESPA-PE.09.02;

Que como parte de la política institucional de mejora continua se están optimizando los procesos relacionados al ingreso de mercancías al país por todas las vías, los que inciden en el proceso de rectificación del manifiesto de carga, actos relacionados, documentos vinculados; y en el de incorporación, por lo que corresponde modificar el citado procedimiento;

Conforme a lo dispuesto en el tercer párrafo del numeral 40.1 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 de la Ley Nº 29816 – Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y modificatorias y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación de disposiciones del procedimiento específico “Rectificación del manifiesto de Carga, actos relacionados, documentos vinculados e incorporación” DESPA-PE.09.02 (versión 6)

Modifícase el inciso 1.2 del numeral 1 y el numeral 2 de la sección VI; y el epígrafe del literal A.1, el epígrafe y los numerales 1 y 2 del literal A.2 y el epígrafe del literal A.3 del rubro A de la sección VII del procedimiento específico “Rectificación del manifiesto de carga, actos relacionados, documentos vinculados e incorporación” DESPA-PE.09.02 (versión 6), conforme al siguiente texto:

“VI. DISPOSICIONES GENERALES

1. El presente procedimiento regula las solicitudes vinculadas:

(…)

1.2 A los ARM:

a) Rectificación de la llegada del medio de transporte.

b) Rectificación del término de la descarga.

c) Rectificación de la descarga de la mercancía.

d) Rectificación del ingreso del vehículo con la carga al almacén aduanero.

e) Rectificación del ingreso y recepción de la mercancía por el almacén aduanero.

f) Rectificación del inventario de la carga arribada en mala condición exterior o con medidas de seguridad violentadas.

g) Rectificación del término del embarque.

2. Las solicitudes se transmiten a través de los sistemas informáticos previstos en el presente procedimiento o se registran en el portal web de la SUNAT.

La presentación de las solicitudes se realiza a través de los formularios señalados en los Anexos 1, 2 y 3.”

“VII. DESCRIPCIÓN

A. TRÁMITE DE LAS SOLICITUDES EN EL PROCESO DE CARGA DE INGRESO

A.1 Solicitudes relacionadas con el manifiesto de carga en la vías marítima, aérea y fluvial

(…)

A.2 Solicitudes relacionadas con los ARM en las vías marítima, aérea y fluvial

1. El OCE transmite las solicitudes de los ARM señaladas en los incisos a), c) y e) del numeral 1.2 de la sección VI; y presenta la solicitud de rectificación de los incisos b), d) y f) del citado numeral.

2. La aprobación automática de la solicitud electrónica de los ARM se efectúa bajo las siguientes condiciones:

SOLICITUDES ELECTRÓNICAS DE LOS ARM

TIPO DE DOCUMENTO

CONDICIONES

RECTIFICACIÓN DE DATOS

Llegada del medio

de transporte

Que el manifiesto de carga no cuente con registro del término de la descarga.

Descarga de la

mercancía

Que la carga no haya salido del puerto o del terminal de carga aéreo y se encuentre dentro del plazo de ocho horas siguientes al término de la descarga.

Ingreso y recepción
de la mercancía

Que el ingreso y recepción de la mercancía se realice dentro del plazo establecido para su transmisión o registro y la mercancía no se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:

1. En abandono legal;

2. Con acción de control extraordinario vigente;

3. Datada;

4. Cantidad de bultos: reducción.

(…)

A.3 Solicitudes relacionadas con el manifiesto de carga y los ARM en la vía terrestre”

Artículo 2.- Derogación de disposiciones del procedimiento específico “Rectificación del Manifiesto de Carga, actos relacionados, documentos vinculados e incorporación” DESPA-PE.09.02 (versión 6)

Derógase el numeral 1 del rubro A.3 de la sección VII del procedimiento específico “Rectificación del manifiesto de carga, actos relacionados, documentos vinculados e incorporación” DESPA-PE.09.02 (versión 6).

Artículo 3.- Vigencia

La presente resolución entra en vigencia:

– El 6.5.2019, en las vías marítima, fluvial y terrestre.

– El 3.6.2019, en la vía aérea.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CLAUDIA SUAREZ GUTIERREZ

Superintendenta Nacional

1764567-1

Puntuación: 0 / Votos: 0

MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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