Tipos de empresa: ¿Cuál es la diferencia entre SA, SAC, SRL, EIRL y SAA?

En Perú existen varios tipos de empresas con diversos regímenes tributarios, por eso, antes de registrar su empresa debe evaluar cuál le conviene.

Fuente: Diario Gestión del jueves 29 de noviembre de 2018.

¿Quiere inscribir una empresa ante los Registros Públicos? Para ello, lo primero que tiene que hacer es definir si lo hará como persona natural o como persona jurídica. Con la primera opción tendrá que asumir todas las obligaciones de la empresa, garantizando con tu patrimonio las deudas que pueda contraer el negocio.

En cambio, con la segunda, será el patrimonio de la empresa el que asumirá todas las obligaciones de esta. Lo que implica que las deudas u obligaciones se limitan solo a los bienes que forman parte del patrimonio de la empresa.

En el primer caso solo puede crear una empresa unipersonal, mientras que en el segundo caso las opciones son más amplias. Entonces, ¿Cuáles son los tipos de empresa en el Perú? ¿Cuáles son sus características? Y ¿Cuál le conviene?

¿CUÁLES SON LOS TIPOS DE EMPRESA EN EL PERÚ?

De acuerdo a el portal web del Gobierno del Perú estos son los tipos de empresa:

  1. Sociedad Anonima (S.A.)
  2. Sociedad Anónima cerrada (S.A.C.)
  3. Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
  4. Empresario Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.)
  5. Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.)

1. ¿QUÉ ES UNA SOCIEDAD ANÓNIMA (S.A.)? 

Cantidad de accionistas / Socios

  • Mínimo: 2
  • Máximo: ilimitado

Organización

Se debe establecer:

  • Junta general de accionistas.
  • Gerencia.
  • Directorio.

Capital y acciones

  • Capital definido por aportes de cada socio.
  • Se deben registrar las acciones en el Registro de Matrícula de Acciones.

Ejemplos: 

  • Cassinelli S.A.
  • Socosani S. A.
  • Banco Ripley Peru S.A.

2. ¿QUÉ ES UNA SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA (S.A.C.)? 

Cantidad de accionistas / Socios

  • Mínimo: 2
  • Máximo: 20

Organización

Se debe establecer:

  • Junta general de accionistas.
  • Gerencia.
  • Directorio. (Opcional)

Capital y acciones

  • Capital definido por aportes de cada socio.
  • Se deben registrar las acciones en el Registro de Matrícula de Acciones.

Ejemplos: 

  • Montalvo Spa Peluqueria S.A.C.
  • Pisopak Peru S.A.C.
  • Distribuidora Concordia S.A.C.

3. ¿QUÉ ES UNA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L.)? 

Cantidad de accionistas / Socios

  • Mínimo: 2
  • Máximo: 20

Organización

  • Normalmente empresas familiares pequeñas.

Capital y acciones

  • Capital definido por aportes de cada socio.
  • Se debe inscribir en Registros Públicos.

Ejemplos: 

  • Clinica Cayetano Heredia S.R.L.
  • Corporacion Inca Kola Peru S.R.L.
  • Directv Peru S.R.L.

4. ¿QUÉ ES UNA EMPRESARIO INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (E.I.R.L.)? 

Cantidad de accionistas / Socios

  • Máximo: 1

Organización 

  • Una sola persona figura como Gerente General y socio.

Capital y acciones

  • Capital definido por aportes del único aportante.

Ejemplos 

  • G.L.P. Distribuciones E.I.R.L.
  • Global Solutions Peru E.I.R.L.
  • Plastitodo E.I.R.L.

5. ¿QUÉ ES UNA SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA (S.A.A.)? 

Cantidad de accionistas / Socios

  • Mínimo: 750

Organización

Se debe establecer:

  • Junta general de accionistas.
  • Gerencia.
  • Directorio.

Capital y acciones 

  • Más del 35% del capital pertenece a 175 o más accionistas.
  • Debe haber hecho una oferta pública primaria de acciones u obligaciones convertibles en acciones. Deben registrar las acciones en el Registro de Matrícula de Acciones.

Ejemplos: 

  • Alicorp S.A.A.
  • Luz del Sur S.A.A.
  • Creditex S.A.A.

¿QUÉ ES UNA RAZÓN SOCIAL?

La razón social es la denominación que tendrá su empresa y está ligada al RUC. Con esa razón social su empresa se identificará ante la SUNAT, bancos, entidades y compañías para realizar trámites, hacer compras o ventas, entre otros.

El primer paso en el proceso de Registro o Constitución de empresa es la reserva del nombre o razón social. También se debe realizar este mismo proceso cuando se desea modificar la denominación o razón social en el estatuto de la empresa.

Además, es importante aclarar que la razón social no es necesariamente su nombre comercial.

Fuente: Diario Gestión del jueves 29 de noviembre de 2018.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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