La Confiep solicitó al Congreso corregir Norma Antielusiva
Gremio Empresarial advierte cuatro errores en norma emitida por el Ejecutivo.
Gremio empresarial criticó que se presuma la intención de los directores en la aprobación de ventajas tributarias agresivas y que, en ningún caso, su aplicación inicie desde el año 2012.
El presidente de la Confiep, Roque Benavides, envió una carta a la Comisión de Constitución del Congreso advirtiendo errores en disposiciones tributarias emitidas por el Ejecutivo vía delegación de facultades. Específicamente, el Decreto Legislativo N° 1422 que modificó el Código Tributario (CT) y modificó la norma general antielusiva.
La referida comisión del Congreso tiene la última palabra ya que debe revisar si el Ejecutivo legisló dentro de la autorización otorgada y puede derogar o modificar la legislación publicada.
Cambios solicitados.
Benavides explicó que la norma general antielusiva (Norma XVI del CT), que permite a la Sunat sancionar los actos de elusión tributaria, infringe normas constitucionales y debe ser derogada parcialmente.
Así, detalló que no se pueden aplicar las reglas para combatir la elusión fiscal con anterioridad a su vigencia. El Ejecutivo publicó por primera vez en julio de 2012 la Norma XVI, pero suspendió su aplicación desde el 2014.
Por ello, para el gremio empresarial la norma solo puede ser aplicada desde este año en adelante, y no desde su creación en el 2012.
También detalló que se debe derogar la obligación que se ha impuesto a los directores de las empresas de ratificar transacciones con ventaja tributaria agresiva desde el 2012, ya que es una aplicación retroactiva de la norma.
Finalmente, dijo, que existe un exceso de parte del Ejecutivo al ampliar la responsabilidad solidaria a los representantes legales, a los miembros del directorio (para que respondan con su patrimonio), ya que se presume que los directores aprueban intencionalmente estan transacciones y eso vulnera su presunción de inocencia.
CIFRA Y DATOS
14.2% del Pbi sería la presión tributaria para el 2019.
La SUNAT estima que los ingresos tributarios llegarían a S/ 104,246 en el 2018, los que aumentarían en 6.6%, es decir, sumarían S/ 114,933 millones en el 2019, dijo el jefe de la Sunat Víctor Shiguiyama.
Objetivo.
La Norma XVI permitirá a la SUNAT determinar y cobrar el tributo que debió pagar el contribuyente, aún cuando usando mecanismo legales haya conseguido una ventaja fiscal.
Fuente: Diario Gestión del jueves 25 de octubre de 2018.