SUNAT y el derecho al secreto bancario de los contribuyentes.

SUNAT accederá a información de operaciones pasivas de los contribuyentes en entidades bancarias que afecta el derecho al secreto bancario.

Alcance del Decreto Legislativo N° 1434:

Con fecha 16 de setiembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Legislativo N° 1434, que modifica el artículo 143-A de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante el cual se establece que SUNAT podrá acceder a la siguiente información:

– Operaciones pasivas de las empresas del sistema financiero con sus clientes (contribuyentes) referida a saldos y/o montos acumulados, promedios o montos más altos de un determinado periodo y los rendimientos generados, incluyendo la información que identifique a los clientes.

Información que las entidades financieras proporcionarán a SUNAT en atención a los montos de las operaciones pasivas de los contribuyentes:

Deben ser iguales o superiores a los siguientes parámetros:

1.- Monto establecido para el registro que deben hacer los Bancos referidas a la detección de lavado de activos y financiamiento del terrorismo: $ 10,000 o su equivalente en soles, y/o;
2.- Monto establecido como mínimo no imponible en las normas que regulan los tributos administrados por SUNAT: 7 UITs (S/ 29,050)

En consecuencia SUNAT accederá a la información de los montos que tengan los contribuyentes en sus cuentas bancarias, en tanto el saldo de las mismas superen alguno de los dos rangos señalados anteriormente, en ejercicio de su función fiscalizadora en la lucha contra la elusión y evasión tributaria.

Recomendación para los contribuyentes:

Se recomienda a los contribuyentes verificar si los saldos que tengan en sus cuentas bancarias, supera alguno de los 2 rangos detallados y contar con el sustento respectivo, cuando se trate de ingresos periódicos que vayan incrementando las cuentas, ello, para desvirtuar cualquier presunción de incremento patrimonial no justificado que pretenda efectuar SUNAT en una eventual fiscalización.

Vigencia de la norma:

Cabe recordar que el cambio establecido en el Decreto Legislativo N° 1435 ha condicionado su vigencia a la emisión de su reglamento, el cual se efectuará mediante Decreto Supremo posteriormente.

Incidencia de las normas publicadas en la lucha contra la evasión y elusión tributaria:

– SUNAT accederá a información que se encuentra protegida por el secreto bancario. Decreto Legislativo N° 1435
– SUNAT mediante un Comité Revisor compuesto por 3 integrantes de dicha institución, podrá determinar mediante una opinión si los actos, situaciones o relaciones económicas califican como elusión tributaria que amerite aplicar la norma XVI, opinión que no constituye un acto susceptible de ser impugnado por los contribuyentes. Decreto Legislativo N° 1422.

A manera de conclusión:

SUNAT logra tener más herramientas para establecer a su propio criterio si la conducta califica como planeamiento o elusión tributaria, y con la información de las operaciones pasivas en entidades bancarias de los contribuyentes iniciar procedimientos de fiscalización por presunto incremento patrimonial, a pesar de tener acceso a información que afecta el derecho al secreto bancario, y que transgrede la seguridad jurídica y el principio de predictibilidad e imparcialidad de los contribuyentes en los procedimientos de fiscalización tributaria.

Una reforma tributaria que busca incrementar la recaudación generando mayor indefensión para los contribuyentes en los procedimientos de fiscalización, lamentable situación que se viene en adelante para los contribuyentes en general.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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