La Sunat, Eguiguren y sus sagradas habilidades.
- miércoles 6 de junio del 2018
- 7:30 am
¿Servicios personalísimos digitados desde Washington donde ejerce el cargo de presidente de la CIDH? ¡Francisco Eguiguren es un crack! Ojalá todos los abogados hubieran tenido la suerte de ser íntimos amigos de una todopoderosa primera dama, que con tecnología digital (a dedo) le impusiera a la jefa (su prima) de una entidad encumbrada como la Sunat, la millonaria contratación de un constitucionalista para dirigir a un equipo de abogados encargados de la defensa de temas estrictamente tributarios. ¡El mundo al revés o simplemente manufactura Nadine Heredia! Antes de ello, fue Embajador del Perú en España y, con una generosidad propia de cuando se dispendia dinero ajeno, adquirió un inmueble para la residencia, demasiado costoso para su inadecuada ubicación. El que podía, podía, con una complaciente canciller Eda Rivas.
Eguiguren se siente orgulloso de haber ganado un juicio en la Corte Suprema contra Telefónica, a costa de haber desconocido, abiertamente y sin ningún pudor, los informes especializados preparados por el MTC y la propia Sunat, respecto de las características de los servicios satelitales; información esencial para determinar si se trataba de actos gravados con el Impuesto a la Renta. Lo grave es que tiene el coraje de sostener que no se ha configurado una situación de inseguridad jurídica, cuando intencionalmente, este célebre constitucionalista viola toda predictibilidad, excluyendo del análisis estudios indispensables para determinar la naturaleza de los servicios y su negada calidad de hecho imponible.
Otro de sus cuestionables argumentos es que la Sunat no habría analizado los contratos en los que se establece que los impuestos serían de cargo de Telefónica. Le recuerdo al excelentísimo Dr. Eguiguren que este es un pacto típico cuando se suscriben convenios con agentes del exterior, que en modo alguno se refiere específicamente al Impuesto a la Renta sino a los eventuales tributos, exigibles o futuros, que pudieran afectar a estos servicios en el Perú. Sería insólito que las partes, contractualmente, pudieran establecer su marco tributario. ¿Tendrá que regresar a las aulas para recordar el principio de legalidad? Los tributos se crean, modifican o derogan solamente por ley o por norma de igual rango.
No es necesario ser un experto en fiscalidad para determinar que los argumentos de Eguiguren son efectistas y deleznables, que el Poder Judicial opta siempre por el facilismo y que este cobro abusivo y prepotente le juega en contra a la Sunat, la deslegitima absolutamente en tiempos que requiere, con urgencia, recobrar su credibilidad.
Dr. Eguiguren, recuerde las sabias palabras de Abraham Lincoln y no deje que su soberbia lo traicione: “Puedes engañar a todo el mundo algún tiempo o a alguno todo el tiempo, pero no a todo el mundo todo el tiempo”.
Fuente. Diario Expreso del miércoles 6 de junio de 2018. Por Madeleine Osterling.