Sala Suprema del Poder Judicial deja al voto conflicto entre Sunat y Telefónica Móviles
El fallo final sobre este caso será dado a conocer dentro del plazo establecido por ley.
La Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema dejó al voto el recurso de casación interpuesto por la empresa Telefónica Móviles en contra de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat).
Durante la audiencia, el colegiado presidido por la jueza supremaSilvia Rueda Fernández, escuchó los alegatos de los abogados de las dos instituciones por el proceso contencioso administrativo por el cual la Sunat solicita el pago de impuestos sobre recibos de clientes no cobrados por parte de Telefónica del Perú.
Además, la Sunat reclama el reparo de las cargas financieras (intereses) de un crédito que tomó Telefónica del Perú, y luego lo pasó en una reorganización societaria a Telefónica Móviles que estuvo dado por un financiamiento por cerca de S/ 400 millones.
Según el comunicado del Poder Judicial, estos intereses ascienden a S/ 22 millones.
La defensa de Telefónica Móviles sostuvo que el sistema de cobranza que utilizan es acreditado y consta de nueve pasos; además de ser este un proceso eficaz, y que la Ley no establece requisitos específicos para demostrar esta gestión.
Señalaron que durante el caso del reparo a las cargas financieras, en el proceso de fiscalización, Telefónica del Perú acompañó documentos sustentatorios como cuadro de intereses, facturas, asiento contable, informe de la gerencia central de cobranzas.
Por su parte, el abogado de la Sunat, Antenor Escalante, señaló que Telefónica del Perú no ha presentado ninguna prueba del método de cobranza, por lo que el organismo tributario no tiene la certeza de que estas deudas existan.
Durante su intervención refutó lo dicho por el abogado de Telefónica del Perú en el sentido de que en el proceso de reparo de las cargas financieras no han presentado factura, contrato o documento alguno que pruebe el destino, ya que los asientos contables solo indican cifras.
“No hay documentos contables”, afirmó.
La sala integrada también por los magistrados supremos Samuel Sánchez Melgarejo, Ramiro Bustamante Zegarra, Julio Wong Abad y Pedro Cartolín Pastor, deberán emitir un pronunciamiento en el plazo de ley correspondiente.
Fuente: Diario Gestión del domingo 24 de junio de 2018.