Conozca las actuaciones de SUNAT más cuestionadas por los contribuyentes.

Estamos en un escenario tributario de mucha trascendencia, se proponen cambios legislativos para mejorar la recaudación, siendo uno de ellos, la eliminación de algunos beneficios tributarios, ajustes a los regímenes tributarios del Impuesto a la Renta, entre ellos el RER y el Régimen MYPE así como una lucha forntal contra la elusión y evasión tributaria.

Sin embargo, hay muchas actuaciones tributarias que los contribuyentes afrontan día a día y sienten una total indefensión por parte de las normas tributarias así como de las actuaciones que realiza SUNAT en los procedimientos tributarios, entre ellos: el procedimiento de fiscalización tributaria y el procedimiento contencioso tributario, situaciones que impiden que se genere una conciencia tributaria por parte de los mismos y que ocasiona cierto descontento y desigualdad en los contribuyentes que por optar por la formalidad terminan envueltos en acotaciones y cobranzas coactivas que terminan perjudicando su situación financiera y evidenciando la necesidad de cambios normativos y en las actuaciones discrecionales de la Administración Tributaria.

En ese sentido, consideramos que dichas actuaciones deben cambiar, a efectos que el formal vea un incentivo en la formalidad y no pretenda regresar a la informalidad,  caso contrario, la Administración será percibida como una institución que es flexible con las grandes empresas y opresora con los pequeños, percepción que cada vez se va incrementando  en forma alarmante.

A continuación, pasamos a detallar las actuaciones que deben cambiar por parte del fisco y desde el aspecto normativo, a fin de garantizar el respecto al derecho de defensa y al debido procedimiento de los contribuyentes en los procedimientos tributarios:

Los  aspectos que deben cambiar  desde el aspecto normativo y en las actuaciones de la Administración Tributaria, para generar conciencia y garantía a los derechos de defensa de los contribuyentes.

  • Se acoge al sinceramiento tributario para pagar menos renta: SUNAT lo fiscaliza.
  • Solicita acogerse a un fraccionamiento tributario: SUNAT no se pronuncia y le notifica la orden de pago y la resolución coactiva.
  • Solicita se levanten los embargos porque hay un fraccionamiento en trámite: SUNAT ejecuta el embargo en la cuenta bancaria, el Banco cobra la comisión bancaria y lo mandan a la Central de Riesgos.
  • Solicita devolución de saldo a favor del Impuesto a la Renta 2017: SUNAT le demora la devolución alegando carga procesal.
  • Se implementa la devolución automática para generadores de rentas del trabajo: SUNAT se pronuncia diciendo que recién las analizará en mayo porque hay carga procesal.
  • Solicita presentar documentación de descargos a cartas inductivas por incremento patrimonial no justificado: SUNAT le indica que no puede presentar descargos a carta inductiva al no existir un expediente en el sistema, debiendo esperar la fiscalización.
  • Solicita prórroga para presentar documentación en fiscalización: SUNAT no le dá la prórroga y le aplica la determinación sobre base presunta.
  • Sustenta la fehaciencia de sus operaciones en la fiscalización: SUNAT las califica como operaciones no fehacientes y antes que le notifique los actos que culminen la fiscalización le traba medidas cautelares previas.
  • Solicita el extorno de los montos ingresados como recaudación: Transcurren los 90 días calendarios  que SUNAT tiene para resolver y se entiende denegado su pedido.

En consecuencia, consideramos que deben efectuar cambios significativos a las normas tributarias, a fin que los contribuyentes sientan que hay un tratamiento equitativo en las actuaciones de la Administración Tributaria cuando tenga que efectuar la cobranza de la deuda tributaria pendiente de pago, así como cuando tenga que devolver el saldo a favor generado por los mismos como consecuencia de un pago indebido o en exceso,  aunado al hecho que las actuaciones discrecionales de la Administración Tributaria no devengan en arbitrarias.

Si se va a replantear el esquema tributario, aprovechemos la oportunidad para equilibrar la balanza en garantía a los derechos de los contribuyentes.

 

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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