Se limitará el uso de efectivo en las compras de autos e inmuebles para montos por importes iguales o mayores a S/.12,450 (3 UITs)

Alerta Tributaria!

Se limitará el uso de efectivo en las compras de autos e inmuebles para montos por importes iguales o mayores a S/.12,450 (3 UITs)

El pleno del Congreso aprobó ayer un proyecto de Ley que limita el uso de dinero en efectivo para una serie de operaciones elevados.

El objetivo de la norma es fortalecer la lucha contra el lavado de dinero y tributaria.

Así, la compra y venta de inmuebles, vehículos (terrestres, aéreos y marítimos), y las operaciones de adquisición, aumento o reducción en la participación del capital social de una empresa, que involucre la importes iguales o mayores a las 3UITs. (S/. 12,450) deberán realizarse obligatoriamente a través del sistema financiero para ser consideradas legales.

Es decir, el pago de las operaciones señaladas tendrá que hacerse a través de depósitos a cuenta, giros, transferencias de fondos, órdenes de pago, tarjetas de créditos o de debito.

Además, la nueva norma agrega como medios de pago los cheques, remesas y cartas de crédito.

La ley en mención reducirá las actividades informales, la evasión de impuestos, el ingreso de dinero ilícito y la incidencia de los delitos contra el patrimonio, señala el Congreso.

El costo marginal que generaría a los particulares la obligación de usar el sistema financiero para estas operaciones resulta menor que los beneficios por la adopción de esta medida.

La norma entrará en vigencia luego de seis meses de su publicación.

Al respecto, consideramos que la norma resulta positiva a efectos de poder sustentar las adquisiciones efectuadas por los contribuyentes las cuales al requerir el uso de medios de pago y las formalidades legales requeridas permitirá desvirtuar cualquier presunción de incremento patrimonail no justificado que pretenda efectuar la SUNAT y permitirá a los contribuyentes sincerar sus operacionea vinculadas con adquisición de bienes por importes que superen las 3 UITs y determinar en cada caso concreto si corresponde el pago o no del Impuesto a la Renta.

Fuente: Diario Gestión del viernes 12 de enero de 2018.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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