Cuando no se puede jugando, la pelotita parada es la solución. Plantean incrementar la tasa de detracción de servicios de 10% a 12%.

La tasa del IGV no bajará, el IGV Justo no genera recaudación y aunado a ello se plantea incrementar la tasa de la detracción en servicios del 10% al 12%. A siete meses de la denominada reforma tributaria es evidente que se especuló en materia tributaria y ya se van sintiendo las consecuencias de ello.

Ante la disminución de la recaudación, evalúan subir la tasa de detracciones de 10% a 12%, tasa que fue reducida en el 2014.

Fuente: Diario Gestión Sección Economía página 12.

La tasa para el pago adelantado del IGV podría aumentar de 10% a 12%.

La SUNAT y el Ministerio de Economía y Finanzas están trabajando con cuidado en un proyecto sobre la revisión de las tasas que se aplican para el pago adelantado del IGV o sistema de detracciones, adelantó el jefe de la SUNAT, Victor Shiguiyama, durante una rueda de prensa.

En el pasado, explicó Shiguiyama, “hubo algunos errores, entonces la revisión de la norma hagámosla bien, porque si se nos pasa la mano, luego los contribuyentes, con justa razón se quejan”, dijo en la inauguración del complejo para el control electrónico de carga aérea.

Consultado sobre si el referido proyecto incrementará del 10% a 12% la tasa de pago adelantado del IGV, Shiguiyama indicó que: “se tiene un proyecto avanzado que busca corregir las distorsiones”.

La historia

En el 2014, el Gobierno de Ollanta Humala rebajó de 12% a 10% la tasa que se aplica a este sistema de pago adelantado del IGV, por lo que se retomaría esta tasa. La reducción en el año 2014 significó para el Estado la reducción en la recaudación de S/. 1,800 millones.

El sistema de detracciones se creó con la finalidad de combatir la evasión tributaria estableciendo para determinados productos (arroz, azúcar y otros) que el contribuyente pagase por adelantado el IGV en una cuenta a su nombre en el Banco de la Nación.

Sin embargo, luego se generalizó a casi todos los productos y servicios, al constituirse en un método efectivo de recaudación, pero los niveles de evasión se incrementaron.

El tributarista Jorge Picón opinó que este incremento no es una medida para atacar informalidad sino para aumentar recaudación, pero agravará la situación de desaceleración economíca en ciertos sectores (falta de liquidez).

Por su parte, el tributarista José Verona explicó que la medida se justifica en una situación real de la recaudación, ya que la caída de las ventas que hace que disminuya el pago a cuenta del Impuesto a la Renta, de las empresas; así como provoca una caída el pago del 18% del IGV, y otro factor es el diferimiento en el pago de tributos (tres meses) producto de la declaración de zonas de emergencia por el fenómeno de El Niño Costero.

No hay texto alternativo automático disponible.
La imagen puede contener: 3 personas

 

Puntuación: 0 / Votos: 0

MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *