Hoy 1 de junio de 2017 se inicia el plazo de vencimiento para la presentación de la Declaración Informativa de Predios 2016.
Declaración Informativa de Predios 2016.
El día de hoy, jueves 1 de junio de 2017, vence el plazo para la presentación de la Declaración de Predios para los contribuyentes cuyo último dígito de RUC o DNI culmine en 8, 9 o una letra.
Para los contribuyentes que se encuentran en zona de emergencia el plazo de vencimiento para la presentación cuyo RUC termine en 8, 9 o en una letra es el 1 de agosto de 2017.
Al respecto, se encuentran obligados a presentar la Declaración Informativa de Predios todas las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas domiciliadas o no en el país, inscritas o no en el RUC, que al 31 de diciembre de cada ejercicio sean propietarias de:
- Mínimo de dos o más predios cuya suma del valor de sus autoavalúos, superen los S/. 150,000 (ciento cincuenta mil Nuevos Soles),
- Dos o más predios que fueron cedidos para ser destinados a cualquier actividad económica, o
- Un único predio de valor mayor a S/. 150,000 (ciento cincuenta mil Nuevos Soles), que hubiera sido subdividido y/o ampliado para cederlo a terceros, siempre que las subdivisiones y/o ampliaciones no hayan sido independizadas en Registros Públicos.
Para efectos del cómputo del valor del predio a considerar en esta declaración anual de predios, se considera el último autoavalúo considerado para el impuesto predial que le haya sido cursado o notificado por cada Municipalidad distrital o provincial.
El concepto de predio abarca cualquier tipo de terreno rústico o urbano, casa, departamento, cochera o depósito.
No se encuentran obligados a presentar la aludida declaración de predios:
Las personas naturales que al 31 de diciembre de cada año:
- Sean propietarias únicamente de hasta tres predios comprendidos en el régimen de propiedad exclusiva y de propiedad común siempre que sean destinados uno a vivienda, otro a cochera y el tercero a depósito y se encuentren ubicados en una misma edificación.
- Tampoco están obligados los cónyuges con régimen de separación de bienes patrimoniales que sean propietarios entre los dos, de hasta tres predios con iguales características a los señalados en el párrafo anterior.
Forma de presentación de la declaración de predios:
- Las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que tengan hasta veinte (20) predios, presentarán la Declaración de Predios utilizando elFormulario Virtual N° 1630 o el PDT PREDIOS N° 3530.
- En caso tengan más de veinte (20) predios, presentarán la Declaración de Predios utilizando obligatoriamente elPDT PREDIOS N° 3530.