Modifican lugar de cumplimiento de obligaciones para los contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes. Resolución de Superintendencia N° 307-2016/SUNAT

asdas-850x300 (1)

Modifican lugar de cumplimiento de obligaciones para los contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° 307-2016/SUNAT

Resolucion de Superintendencia N 307-2016-SUNAT

Lima, 22 de noviembre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 3° de la Resolución de Superintendencia N° 023-2014/SUNAT y normas modificatorias, los contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y los principales contribuyentes de la Intendencia Lima, Intendencias Regionales y Oficinas Zonales, deben cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales únicamente en los lugares señalados expresamente para cada dependencia en el anexo N° 3 de la citada resolución o a través de SUNAT Virtual o en los Bancos habilitados utilizando el Número de Pago SUNAT – NPS para el pago de sus obligaciones tributarias, sin perjuicio de lo señalado en el literal b) del inciso 4.2 de la Resolución de Superintendencia N° 165-2016/SUNAT;

Que resulta necesario modificar el precitado anexo en cuanto al lugar de cumplimiento de obligaciones tributarias formales y sustanciales de los contribuyentes que pertenecen al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, fijado en el local de la Avenida Garcilazo de la Vega N° 1472, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima toda vez que este se trasladará, a partir del 1 de diciembre de 2016, al local ubicado en la Avenida Paseo de la República números 4728-4730, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima;

Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario, en la medida que la designación del lugar de pago es potestad de la Administración Tributaria, conforme a lo establecido en el artículo 29° del Código Tributario;

En uso de las facultades conferidas por los artículos 29° y 88° del Código Tributario aprobado por el Decreto Legislativo N° 816, cuyo último Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo N° 133-2013-EF y normas modificatorias; el artículo 5° de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y norma modificatoria; el artículo 11° del Decreto Legislativo N° 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias; y el inciso o) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único. Modificación de lugar de cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales para los contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales

Sustitúyase la fila correspondiente a la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales del anexo N° 3 de la Resolución de Superintendencia N° 023-2014/SUNAT y normas modificatorias, por el texto siguiente:

“ANEXO N° 3

DEPENDENCIA

LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES

INTENDENCIA DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES

  • Avenida Paseo de la República números 4728-4730, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima.

(…)”.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Vigencia

La presente resolución entra en vigencia el 1 de diciembre de 2016.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA

Superintendente Nacional

1456299-1

Puntuación: 0 / Votos: 0

MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *