Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú
En noviembre del 2011 se votó en el Congreso de la República un proyecto de ley (el 510-2011-CR) para modificar la ley orgánica del Tribunal Constitucional (Ley Nº 28301), en concreto el artículo 8º, a fin de incorporar el proceso de elección por invitación de los magistrados de esta importante institución, pero no se alcanzaron los votos necesarios para aprobarlo. Respecto a dicha votación se presentó una reconsideración, la cual fue sometida al Pleno del Congreso en su sesión del pasado miércoles 23 de mayo del 2012.
En efecto, en dicha sesión la reconsideración fue aprobada y se procedió a votar nuevamente la propuesta legislativa, luego de un breve debate por parte de algunos congresistas. En realidad, el debate más interesante se produjo en la sesión del 10 de noviembre del año pasado, cuando la propuesta fue desestimada. Finalmente, el proyecto ha sido aprobado y la autógrafa de ley respectiva ha sido remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación.
El objetivo de la reforma es facilitar el proceso de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional, para lo cual una Comisión Especial deberá emplear el sistema del concurso público o el sistema de invitación directa, con miras a proponer al Pleno del Congreso los candidatos seleccionados. La decisión sobre cuál de los dos sistemas será empleado corresponderá a la Junta de Portavoces. Sobre este tema, la Congresista Martha Chávez propuso que la decisión sobre la modalidad de elección sea decidida por el Pleno del Congreso y no por la Junta de Portavoces. Sin embargo, su propuesta no fue atendida.
Siendo optimistas, este año deberían ser elegidos seis nuevos integrantes del Tribunal, de un total de siete, el cambio numérico más importante de los últimos años. Que ello implique un cambio en la justicia constitucional peruana, tampoco es algo que hoy se pueda afirmar. En el Perú pueden haber muchos abogados a los que les guste o se dediquen a temas constitucionales, pero Constitucionalistas (con mayúscula), pocos.
Finalmente, es interesante recordar que el procedimiento parlamentario para incorporar en nuestra legislación el sistema de invitación para elegir a los magistrados del Tribunal Constitucional atravesó diferentes etapas, incluso en el período legislativo anterior, que en su momento dimos a conocer en este blog. En lo que respecta a la legislatura 2011-2012, en un inició se trató de una decisión de la Junta de Portavoces que fue sometida a votación del Pleno del Congreso –algo sin precedentes-, para luego culminar en la presentación y respectiva aprobación de un proyecto de ley que modifique la ley orgánica del Tribunal, es decir, el procedimiento que debió seguirse desde un primer momento.
Documentos de interés:
– Diario de debates de la sesión del Pleno del Congreso de la República del 23 de mayo del 2012, pp. 19-27 (Fuente: Página web del Congreso de la República).
–Autógrafa de ley sobre modificaciones a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Fuente: Página web del Congreso de la República).
– Ley 29882, publicada el 7 de junio del 2012 en el diario oficial El Peruano.
Enlaces relacionados:
– Congreso no aprobó modificaciones legales al proceso de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional (publicado en este blog el 11 de noviembre del 2011).
– Congreso acuerda elección por invitación de los magistrados del Tribunal Constitucional (publicado en este blog el 22 de octubre del 2011).
– Congreso no aprobó modificaciones al proceso de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional (y del titular de la Defensoría del Pueblo) (publicado en este blog el 23 de noviembre del 2010).