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Tres formas de impedir el funcionamiento de un Tribunal Constitucional (a propósito de los veinte años del 5 de abril de 1992)

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Por: Magíster Luis Alberto Huerta Guerrero
Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos

Cuando en las aulas universitarias abordó el tema de la Magistratura Constitucional suelo realizar una exposición cronológica del funcionamiento del Tribunal Constitucional en el Perú (desde su incorporación en la Constitución de 1979 a la fecha), siendo inevitable hacer referencia a las diferentes etapas o momentos por los que ha atravesado esta institución, a partir de las cuales es posible identificar hasta tres formas de impedir el funcionamiento de este importante órgano de control constitucional:

– La primera es la más radical y consiste en impedir el funcionamiento del Tribunal en su integridad. Ello ocurrió, por ejemplo, el 5 de abril de 1992, cuando el presidente Alberto Fujimori anunció al país, junto con el cierre del Congreso de la República y del Poder Judicial, el del Tribunal Constitucional (llamado en aquel momento Tribunal de Garantías Constitucionales). Si bien el Tribunal que funcionó en el período 1982-1992 no estuvo a la altura de lo esperado, ello no justificaba en lo absoluto una medida como la del 5 de abril. Lamentablemente, la falta de presencia institucional del Tribunal en la vida política y jurídica del país hizo que la población permaneciera indiferente ante tal situación. A ello debe agregarse que los primeros proyectos de la nueva Constitución no contemplaron mantener al Tribunal Constitucional en nuestro ordenamiento jurídico. Sólo al final fue incorporado. En concreto, desde el 5 de abril de 1992 hasta finales de junio de 1996 (cuando se eligieron a los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional), es decir, durante cuatro años y tres meses, el Perú no contó con una instancia jurisdiccional especializada en control e interpretación constitucional.

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