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1¿Qué es el derecho internacional privado?

El derecho internacional privado según la  doctrina privalista tiene por objeto la relacion privada internacional  es decir cuando  alguno de sus elementos esenciales como  el sujeto, objeto, hecho jurídico  se localizan en diversos países.

2¿Cuáles son las fuentes del derecho internacional privado?

El codigo civil en el libro X regula  las fuentes del derecho internacional privado pero no se puede excluir otras fuentes del derecho interno(no incluidas en el libro x) entre  las fuentes señaladas tenemos a :

Los tratados tienen rango legal aunque no son ley en caso de conflicto entre un tratado y una ley el tema de su igualdad jurídica deberá ser resuelto a favor del  primero ya que los  estados tienen la obligación jurídica de  no  promulgar leyes  o dictar normas  cuya aplicación viole  o contradiga las disposiciones del derecho internacional.

Las normas del presente libro Cumplen  con una doble función de localización (ordenamiento  jurídico nacional o extranjero) y de  decisión (identificando la norma material que resulte vinculada a la relacion jurídica privada internacional)

Los principios del derecho internacional privado  Constituyen una fuente supletoria  a la cual acudir a  falta de tratados u otras normas de derecho internacional privado.

La doctrina  Como fuente supletoria  la doctrina abarca  los estudios presentados por  instituciones especializadas de  investigación del derecho internacional  privado y los tratados que han sido suscritos pero no ratificados.

3¿Qué  se entiende  por el reconocimiento de derechos adquiridos?

Hace referencia a que una persona  ha adquirido en un país determinado sea un derecho particular o una situación jurídica completa que puede ser fuente de derechos  y la persona podrá reclamar  en otros países  los derechos o condición adquirida siempre en cuando  dicho derecho no sea contrario al orden público y a las buenas costumbres.

4¿Qué se entiende por ley extranjera?

La legislación peruana señala a la ley  extranjera  como una aplicación de oficio del ordenamiento extranjero competente ya que se establece que al no ser invocada  siguiendo la regla del articulo VII del codigo preliminar  ya que ante su falta de invocación en el juicio el juez lo puede aplicar.

5 ¿Cómo se realiza la prueba en la ley extranjera?

El  código civil permite a las partes  ofrecer a las  pruebas que tengan por conveniente sobre la existencia de la ley  extranjera y su sentido.

El código permite la utilización de los siguientes medios:

  1. La certificación escrita de los abogados en el ejercicio dentro del país  cuya legislación se trate  deberá presentarse debidamente legalizada.
  2. El informe oficial  emanado del estado extranjero sobre el texto, sentido y vigencia del derecho aplicable.

La convención interamericana sobre Prueba  e  información acerca del derecho extranjero suscrito en 1979 señala:

  • La prueba documental  consistente en copias certificadas  de textos legales con la indicación  de su vigencia o precedentes judiciales.
  • La prueba pericial consistente en  dictámenes de abogados  o expertos en la materia.
  • Los informes del estado requerido sobre el texto, vigencia, sentido y alcance legal  de los derechos sobre determinados aspectos.

 6 ¿Cómo se realiza la interpretación del derecho extranjero?

Dos teorías  se aplican al derecho extranjero  en el país.  La  primera teoría apunta a su nacionalización  del Derecho extranjero al ordenamiento nacional  mediante su asimilación legislativa y la  segunda teoría  afirma que el derecho extranjero  se aplica como tal  de modo que no se le  incorpora al derecho nacional. El artículo 2055 incorpora la segunda teoría  ya que  se interpreta  conforme al sistema jurídico del país extranjero  como si el fallo se emitiera allí

7¿Cómo se resuelven los conflictos de leyes locales?

La  solución  se resolverá de acuerdo a los principios vigentes en el derecho extranjero es decir se basa en  las propias reglas conflictuales  del derecho extranjero  pero en el caso de nuestro ordenamiento  no hay reglas que diriman conflictos  entre dos legislaciones

8¿Cómo se aplica la competencia en acciones sobre universalidad de bienes?

Significa que  el juez nacional tendrá  competencia cuando se trate  de acciones relacionadas  a universalidades de bienes   y que estén situados en el Perú  y en relación  a la situación de concurso  es facultativa , se deben respetar las  sentencias extranjeras sobre la materia  de acuerdo a las reglas  de reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras sobre la materia.

9¿Es competente  el tribunal peruano que conoce la demanda para conocer la reconvención?

Si es competente  ya que un claro ejemplo seria de  un no domiciliado  inicia una  acción ante los tribunales peruanos y la parte demandada lo reconviene  el juez peruano  podrá conocer de dicha reconvención ya que a la iniciar la a acción se ha sometido tácitamente a su fuero y no se puede pretender privar de de la jurisdicción que se le reconoció

10¿Cuándo se realiza  la competencia negativa del tribunal peruano?

Los tribunales peruanos carecen de competencia jurisdiccional para conocer:

De las acciones relativas  a derechos reales sobre predios situados en el extranjero.

Acciones que hubiesen sido  sometidos por las partes a una jurisdicción extranjero de conformidad con el artículo 2060

Acciones relativas al estado y la capacidad de las personas naturales  o a las relaciones familiares  si la causa no tiene vinculación efectiva  con el territorio de la república

11¿Cómo es la aplicación de la ley  en caso de declaración de ausencia?

El código civil somete a la declaración de ausencia a la ley del último domicilio del desaparecido  la misma ley rige los efectos  de la declaración de ausencia sobre los bienes del desaparecido en cuanto a los bienes asimismo se  garantiza   la unidad del régimen jurídico de la institución.

Dicha medida se contrapone  a los tratados del derecho civil de Montevideo  y de La  habana que se rigen de acuerdo a la ley de ubicación del bien.

12¿Cómo es la aplicación de la ley  en caso de estado y capacidad de la persona natural?

De acuerdo al codigo civil el estado y la  capacidad  de la persona natural se  rigen por la ley de su domicilio el articulo  2070 del codigo civil establece excepciones   como que el cambio de domicilio  la persona natural no puede  resultar con una capacidad menor pero  si con una capacidad mayor  a la que   tenía en virtud de su  domicilio anterior de  adoptándose de la ley más favorable a  la capacidad

La segunda excepción se refiere al reemplazo de lex domicili por la de lex loci actus para regir  la capacidad de las personas naturales sean estas contractuales y extracontractuales

13¿Cómo es la aplicación de la ley  en caso de existencia y capacidad de personas jurídicas de derecho privado?

El codigo peruano adopta el modelo ingles que se basa  en la autonomía de la voluntad  donde los miembros  tengan libertad de elegir la nacionalidad  y la ley que regirá a la  persona jurídica como idea principal  la persona jurídica  tiene la nacionalidad y se rige por la ley del país en el cual se constituye.

14¿En el caso de las obligaciones contractuales como se aplica la ley?

Las obligaciones  contractuales se rigen por  la ley expresamente  elegida por las partes y en defecto por la ley del lugar de su cumplimiento. Pero si se cumplen en países distintos   se rigen por la ley de obligación principal  y en caso que no se pueda determinar  será por la ley del lugar de la celebración

Un claro ejemplo seria  si una persona jurídica  domiciliada en  el Perú  celebra en Lima  un contrato de compraventa con una persona  jurídica  domiciliada en Colombia  cuya obligación contractual será en Bogotá podrán pactar la ley de Argentina  para que dicha ley  resuelva el fondo del conflicto  a pesar de que no exista ningún nexo  entre el  domicilio de las partes  con el objeto jurídico del acto o con el lugar de celebración o ejecución .

En los casos que no exista  pacto expreso de las partes  ni se pueda determinar el  cumplimiento de la obligación principal  se aplicara la ley del lugar de celebración del contrato.

15¿En el caso de sucesión  como se aplica la ley?

Esto se  basa en claro ejemplo  cuando una persona  de una nacionalidad tiene su domicilio en otro país , fallece en un  tercero país  , tiene sucesores en un cuarto país  y bienes en un quinto y las legislaciones de todos estos países  reclaman la apertura de  la sucesión.

En dicho caso donde   tenga implicancias el derecho internacional privado  el codigo civil establece que  la sucesión se regula por la ley del domicilio del causante .también se señala que si  el fallecimiento ocurrido ocasionalmente  en un país distinto al del domicilio no perturba la conexión domiciliaria  pues su domicilio se conserva  mientras no hay adquirido otro  y no se va a perder por la mera presencia  física en país distinto

16¿Cómo se aplica la ley en el caso de la sucesión de bienes  ubicados en el Perú?

No se aplicará la ley extranjera respecto a bienes situados en el Perú  si estos bienes  deben pasar a un estado extranjero  o sus instituciones , Cuando de la aplicación de  la ley del domicilio del causante  resulta que sus  bienes  deben pasar a un estado extranjero  o sus instituciones se aplicara la ley peruana  sobre la base de la ley territorial  de los bienes

17¿Qué es el Exequátur?

El exequátur  es el proceso judicial por el que se reconoce  y se da fuerza ejecutiva a  una sentencia extranjera el proceso en el Perú es no contencioso ya que no se revisa  fondo de la sentencia  ya que tiene por objeto investirla  de los mismos efectos que cualquier sentencia nacional  es decir  el de cosa juzgada  y dependiendo del tipo de sentencia , el constitutivo, ejecutivo o registral.

Una  sentencia para que sea sometida a  exequátur debe ser definitiva  debe tener  la  calidad de cosa juzgada  ya que no debe proceder ante ella ningún recurso impugnatorio o modificación alguna.

Este proceso es   viable respecto  a las sentencias que provienen  de procesos contenciosos  de las que se pretende su ejecución en el foro. En cambio si solo se quiere hacer valer su valor de cosa juzgada  o su merito probatorio no es necesario el  que sean sometido a exequátur  solo basta que  sean legalizadas por la vía diplomática

La naturaleza del exequátur se basa en ser una figura autónoma considerada como equivalente jurisdiccional. El afamado tratadista Francesco Carnelutti2 considera que el exequátur de una sentencia extranjera, más que un acto de ejecución, es una figura autónoma, que califica como «equivalente jurisdiccional». De otro lado, para Chiovenda  el reconocimiento de la sentencia extranjera está vinculado a la extensión territorial, y que el juicio del exequátur no es sino un modo de alcanzar el fin de la relación procesal inter partes. Actualmente el procedimiento del exequátur no tiene por objeto revisar el objetivo de la relación sustancial controvertida, sino la sentencia extranjera como tal o sea aspectos externos y formales.

18¿Cómo se realiza el  procedimiento del exequátur?

Para que sea procedente el exequátur se requiere, al menos, el cumplimento de los siguientes principios:

  1. Verificación de tratado: Es decir si existen tratados al respecto con el Estado el cual emana la sentencia. De existir se debe atener a estos. En caso contrario, se aplica el principio de reciprocidad.
  2. Reciprocidad: Si hay reciprocidad con el país de origen de la sentencia, o sea, si el Estado del cual emana la sentencia le otorga valor a las emanadas del Estado ante quien se tramita el exequátur.
  3. Regularidad internacional de los fallos: La compatibilidad de la sentencia con las leyes del país donde se solicita que sea reconocida. Especialmente está referido a:

Que no contenga nada contrario a la legislación del país donde se tramita. o Que no se oponga a la jurisdicción del país donde se tramita.

Que la parte contra quien se invoca la sentencia haya sido notificada conforme a derecho. o Que la sentencia se encuentre ejecutoriada conforme a la ley del Estado de donde se otorgó.

19¿Cuáles son los tratados referentes en el derecho internacional privado?

Son los siguientes:

  • Tratado de derecho procesal internacional, Montevideo, 1989

Países ratificantes de este tratado: Argentina, Bolivia, Perú y adherente Colombia

Ámbito de aplicación: Sentencias y fallos arbitrales  dictados en asuntos civiles y comerciales

  • El codigo de Bustamante la habana –

Países ratificantes de este: Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Cuba, Ecuador, EL Salvador Guatemala, Haití, Honduras, Nicaragua, Panamá, Perú, República Dominicana,  y Venezuela.

En cuanto a la materia del exequátur, éste procede:

Ámbito de aplicación: Toda sentencia de naturaleza civil  y contencioso administrativa, sentencias penales solo en cuanto a la responsabilidad civil establecida  y respecto a los bienes del condenado, laudos arbitrales asi como  resoluciones dictadas en  actos de jurisdicción voluntaria en materia de comercio

  • Convención sobre el reconocimiento y ejecución de las sentencias arbitrales  extranjeras Nueva York 1958

Fue adoptada en el seno de  de las Naciones unidas el  10 de junio de 1958  y entro en vigor el 7 de junio de 1959 .Actualmente su promoción estará a cargo  de la Comisión de la Naciones Unidas para el desarrollo mercantil internacional  y vincula a ciento treinta  y cuatro estados de los cinco continentes entre ellos el Perú.

Ámbito de aplicación: Sentencias arbitrales, extranjeras que tengan origen  en diferencias entre personas naturales o jurídicas  también se consideran a las sentencias  arbitrales que no sean consideradas como  sentencias nacionales en el que se pide su reconocimiento y ejecución

  • Convención interamericana sobre eficacia extraterritorial de las sentencias y laudos arbitrales extranjeros.-Montevideo 1979

Países ratificantes de este tratado: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela.

Ámbito de aplicación Sentencias  y laudos arbitrales de  naturaleza civil, comercial o laboral.

20¿En que consiste el principio de reciprocidad y la reciprocidad negativa en el derecho internacional privado?

Es cuando un estado adopta por propia  voluntad a falta de norma expresa en este caso un tratado  en respuesta similar a la ya adoptada por otro estado. Asimismo  las sentencias tendrán en el Perú  la misma  fuerza que en el estado de origen respectivo  se otorga a las sentencias peruanas.

En cambio la reciprocidad negativa  consiste en que no se  reconocerá en nuestro país ninguna sentencia que provenga de estados o territorios cuyas   leyes o tribunales ordinarios  desconozcan las sentencias expedidas por los tribunales nacionales e incluso  tampoco se reconocerán  sentencias de aquellos países q que  revisen el fondo  de las decisión de las sentencias expedidas por los jueces nacionales

21¿Cuáles son los requisitos del reconocimiento de las sentencia extranjeras en el Perú?

De acuerdo a lo señalado del codigo civil  entre los  requisitos se establecen que:

Lo previsto en el articulo 2102 y 2103 del codigo civil.

  • Que no resuelvan sobre asuntos de competencia peruana exclusiva

El Perú solo reconocerá  jurisdicción  a otros estados   respecto de asuntos de competencia facultativa o negativa ya que no aceptara decisiones extranjeras en donde la ley interna  el exclusivo juzgamiento por los tribunales nacionales .

  • Que el tribunal extranjero haya sido competente para conocer el asunto , de acuerdo con sus normas de derecho internacional Privado y a los principios  generales de competencia procesal  internacional

un claro ejemplo es cuando en el Perú  una sentencia que se pretende reconocer  en nuestro país  contra  demandado domiciliado en el Perú  el cual se ha seguido un proceso en Argentina  pero no ha existido una relacion jurídica  materia de conflicto  ni aceptación  por parte de la  jurisdicción extranjera  ya que se esta vulnerando el principio  procesal de   competencia internacional  ya que se señala como juez natural al del domicilio del demandado .

  • Que se haya citado al demandado conforme a la ley del lugar del proceso; que se le haya concedido plazo razonable para comparecer; y que se le hayan otorgado garantías procesales para defenderse.

 

  • Que la sentencia tenga autoridad de cosa juzgada en el concepto de las leyes del lugar del proceso.

 

  • Que no exista en el Perú juicio pendiente entre las mismas partes y sobre el mismo objeto, iniciado con anterioridad a la interposición de la demanda que origino la sentencia.

 

  • Que no sea incompatible con otra sentencia que reúna los requisitos de reconocimiento y ejecución exigidos en este título y que haya sido dictada anteriormente.

 

  • Que no sea contraria al orden público ni a las buenas costumbres.

 

  • Que se pruebe la reciprocidad.

22¿Como se regula la sentencia extranjera en materia de quiebra?

El reconocimiento en el Perú de una sentencia extranjera de quiebra debe cumplir con los requisitos de notificación y publicidad previstos en la ley peruana para las quiebras de carácter nacional.

Los efectos de la quiebra decretada en el extranjero y reconocida en el Perú, se ajustaran a la ley peruana en lo que respecta a los bienes situados en el Perú y a los derechos de los acreedores.

El juez procederá de acuerdo a lo establecido en la ley peruana en cuanto a la formación, administración y liquidación de la masa en el Perú, satisfaciendo los derechos de los acreedores domiciliados y las acreencias inscritas en el Perú, según la graduación señalada en la ley de quiebras.

23¿Cuál es la importancia del Convenio de Viena  en el derecho internacional privado?

La finalidad de este instrumento internacional es la de simplificar la compraventa de bienes que traspasen las fronteras internacionales, al someterla a unas mismas normas jurídicas uniformes. El convenio se aplica a casi todas las operaciones de compraventa en las cuales tanto el exportador como el importador operen en uno de los países ratificantes, o que se hayan adherido a él, o en los cuales se rija el contrato por el derecho de uno de esos países.

 

CONTENIDO

La convención comprende cuatro partes:

 a) Ámbito de aplicación y disposiciones generales.Comprende los 13 primeros artículos. Ahí se establece que se aplicará exclusivamente a los contratos de compraventa internacional; se definen los criterios para juzgar cuando un contrato es internacional; se excluyen cierto tipo de compraventas, por razón de su forma o su objeto, y además se establecen las reglas para interpretar e integrar la convención y para interpretar los contratos de compraventa.

b) Formación del contrato. 14 al 24. Contiene todas las reglas relativas a los requisitos para hacer la oferta, la posibilidad de revocarla o retirarla, la forma de realizar la aceptación general, y el momento de perfeccionamiento del contrato. Como principio general establece que la oferta, lo mismo que la aceptación, surten efecto cuando llegan al destinatario.

c) Compraventa de mercaderías. 25 al 88. Es la parte más amplia: Se subdivide en 4 capítulos. El primero, establece reglas generales sobre el contrato de compraventa: define lo que entiende por incumplimiento esencial, establece que toda comunicación entre las partes surte efecto en el momento en que se expide, que el contrato se modifica por mero acuerdo entre las partes, y los casos en que es posible reclamar el cumplimiento específico del contrato.

Disposiciones finales. Arts. 89 al 101. Se establece que el Secretario General de la ONU es el depositario de la convención; se precisan las reservas que pueden hacer los estados, la forma en que deberán ratificarla, aprobarla o adherirse a ella, y el momento en que iniciará su vigencia (
El Convenio de Naciones Unidas sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías fue firmado en Viena el 11 de abril de 1980.

Su finalidad es dotar a las transacciones comerciales de mercaderías (compraventa) de uniformidad en su regulación y es la constante norma de referencia en este ámbito. Actualmente más de cincuenta países forman parte del mismo. A compraventas en las que las dos partes tengan sedes en Estados Contratantes diferentes. Por ejemplo, compra de tornillos de un fabricante chino a una pyme peruana. Ambos contratantes pertenecen a Estados que están adheridos al Convenio y, por tanto, el mismo es de aplicación.

También es posible si cuando las normas de derecho internacional privado prevén su  aplicación a un Estado contratante. Un caso sería la venta de mercancías de una pyme española a una empresa con establecimiento en Reino Unido, que no es miembro del Convenio

 

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