Desamortización 2.0

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“Desde el chiquero llegaba el rumor de una batalla.”
Gallinazos sin Plumas, Julio Ramón Ribeyro

 

Con el término ‘desamortización’ (desamortizar. (De des- y amortizar). 1. tr. Dejar libres los bienes amortizados. 2. tr. Poner en estado de venta los bienes de manos muertas, mediante disposiciones legales. RAE)  se alude a aquella acción por la cual se retira la propiedad de unos para concedérselos a otros. Esto bajo el criterio de trabajar la tierra con mayor eficiencia para incrementar la producción, entre otras justificaciones. Este fenómeno no es extraño en la historia peruana  puesto que ya aconteció durante el siglo XIX. Tal parece que nos encaminamos a un momento similar hoy en día (por eso el 2.0 del título).

Con el ascenso de la república, también lo hizo la ideología liberal durante el siglo XIX. La consigna de los gobernantes fue el de sustraer las extensiones de tierras en propiedad de las comunidades de indios y de las órdenes eclesiásticas en favor de contados individuos. Esto con la justificación de que las tierras se encontraban bajo el régimen de ‘manos muertas’  impidiendo el desarrollo eficiente que no proveía de una óptima producción. Esto llevó a que se expropiasen las tierras para formar grandes latifundios en manos de pocos terratenientes que se asociaban a grandes familias o militares. Esto el impulso de generar propiedad privada que permita la adquisición de recursos para hacer factible la producción. Era viable la inversión en tierra.

A mi parecer, esta situación constituye uno de los grandes errores de ‘nuestra’ historia: el dejar a los campesinos sin tierras (ojo Vargas Llosa cuando te preguntes cuando se jodió el Perú). El progreso y modernidad que se planteó en un comienzo NO aconteció. Los terratenientes recurrieron a formas de explotación laboral cuasi serviles y ,en forma, similares a los coloniales. Entre estos destaca la explotación de la mano de obra bajo el régimen del yanaconaje y de la utilización del enganche tanto por dinero como por oro para garantizarse el empleo de trabajadores mediante una deuda contraída.

El éxodo campesino fue finalmente resuelto por el Gobierno Revolucionario de las Fuerzas Armadas presidido por Juan Velasco Alvarado. En ese tiempo se les concedió la propiedad de la tierra a los campesinos agrupados en cooperativas. Velasco consiguió desarticular toda la topografía que constituían los grandes latifundios para constituir propiedades de pequeño y mediano tamaño. El lema de esta política fue “la tierra es para quien la trabaje” y esto se consiguió. Pese a no ser voluntario, esta medida de Velasco contribuyó a que el desarrollo neoliberal se desarrollara en suelo fecundo. La riqueza se retiró de unos pocos para que muchos pudieran acceder a ella. Más personas podían adquirir o invertir en porciones de tierra que otrora pertenecían a un solo individuo. Se dejaban de lado a las ancestrales familias adineradas para que ingresen empresarios de todo el mundo.

Hoy en día, la figura que se nos presenta es similar. Gente que tiene la propiedad de la tierra (organizadas en comunidades) están a vísperas de ser desplazadas de su tierra para beneficio de otros que cuentan con el capital para explotarlas (mineras, transnacionales, etc.) Caso ejemplar de este abuso son las concesiones mineras hechas por Fujimori por debajo de la mesa sin consultar a las comunidades en lo referente a su propiedad. A diferencia del siglo XIX ya no nos encontramos bajo un estado que se estructura bajo el principio de la desigualdad (al menos eso espero o percibo), pero que todavía tiene que ser modificado. Ahora las comunidades ya no tienen sólo indígenas o indios sino que están compuestas por CIUDADANOS que luchan por sus DERECHOS garantizado por la constitución. La situación se definirá en cuanto el estado sepa a quien beneficiar: a sus ciudadanos en comunidades o a las empresas/transnacionales. Ejemplo de esto es el Convenio 169 de la OIT que instituye la obligatoriedad de la Ley de la Consulta Previa.

En esta situación de tensión reaparece el término indígena. Este término en estos momentos se desprende de su connotación de dominio y sometimiento para convertirse en una categoría de resistencia. La condición de ‘indígena’ trae como consecuencia ciertos derechos que deben ser defendidos por el estado según lo dispuesto en la constitución. Ahora el indígena es un CIUDADANO CON DERECHOS como cualquiera y tiene el derecho que se respeten sus intereses.

Pd. Que yo sepa, puedo vivir sin plata, oro, zinc, etc. Pero no sin maíz ni papas. Puedo comer un camote pero no cobalto. El que quiere entender, que entienda.

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