Por medio de la presente, hacemos de su conocimiento que el día 16 de septiembre de 2018 se publicó, en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Legislativo 1431 el cual tiene por objeto incluir en la aplicación de la Ley Nro. 27360, Ley que aprueba las normas de Promoción del Sector Agrario, a las actividades de acuicultura.
Recordemos que el artículo 4° de la Ley 27360 “Ley que aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario” prevé la aplicación de la tasa del 15% sobre la renta de tercera categoría, a los sujetos que desarrollen actividades en el sector agrario. Asimismo, establece la posibilidad de depreciar a razón de 20% anual, el monto de las inversiones en obras de infraestructura hidráulica y obras de riego.
El decreto en comentario (D.L. 1431) dispone la aplicación de los referidos beneficios a las actividades del sector acuícola, incorporándose la Sexta Disposición Complementaria Final en el Decreto Legislativo 1195 “Ley que aprueba la Ley General de Acuicultura”.
PUBLICACIÓN: 16 de septiembre de 2018.
VIGENCIA: 01 de enero de 2019.