Sujetos obligados a inscribirse al RUC – Núcleos ejecutores

El día 25 de septiembre de 2018 se publicó, en el Diario Oficial “El Peruano”, la Res. 221-2018 SUNAT que modifica la Res. 210-2004/SUNAT vinculado a los sujetos obligados a inscribirse en el RUC:

Esta resolución tiene por objeto sustituir el numeral 47 del anexo 1 de la Res. 122-2010/SUNAT, a fin de incluir como sujetos obligados a inscribirse en el RUC, a los núcleos ejecutores comprendidos en las Leyes 30680  “Ley que aprueba medidas para dinamizar la ejecución del gasto público y establece otras disposiciones” y 30533 “Ley que autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar intervenciones a través de núcleos ejecutores”.

Estos núcleos ejecutores para constituirse en el RUC, deberán exhibir el original y presentar la fotocopia del acto con el que se constituyen núcleo ejecutor. (Antes debían exhibir el original y presentar fotocopia simple del Convenio suscrito con FONCODES y el Núcleo Ejecutor).

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