Fecha de nacimiento del crédito por percepciones y/o retenciones del Impuesto General a las Ventas. RTF JOO N° 011538-1-2021
Fecha de nacimiento del crédito por percepciones y/o retenciones del Impuesto General a las Ventas. RTF JOO N° 011538-1-2021
Tribunal Fiscal concluye que la fecha de nacimiento del crédito por percepciones y/o retenciones del Impuesto General a las Ventas, a efectos del inicio del cómputo del plazo de prescripción de la acción para solicitar su devolución, corresponde al tercer mes computado desde el período tributario en el que se produjo la percepción y/o retención no aplicada.
Resolución del Tribunal Fiscal N° 011538-1-2021 emitida como Jurisprudencia de Observancia Obligatoria.
Fecha de emisión: 28.12.20221
Fecha de publicación: 20.01.2022
Con fecha 20 de enero de 2022, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución del Tribunal Fiscal N° 11538-1-2021, emitida como Jurisprudencia de Observancia Obligatoria, mediante la cual el Tribunal Fiscal analiza la fecha de nacimiento del crédito por percepciones y/o retenciones del Impuesto General a las Ventas.
Al respecto, en la Resolución de Observancia Obligatoria N° 011538-1-2021, la cual contiene el criterio vinculante contenido en el Acuerdo de Sala Plena N° 2021-08, se ha dispuesto lo siguiente:
Resolución de Observancia Obligatoria: Nº 011538-1-2021
Tema de la Sala Plena
Determinar la fecha de nacimiento del crédito por percepciones y/o retenciones del Impuesto General a las Ventas a efectos del inicio del cómputo del plazo de prescripción de la acción para solicitar su devolución.
Criterio de Observancia Obligatoria
La fecha de nacimiento del crédito por percepciones y/o retenciones del Impuesto General a las Ventas, a efectos del inicio del cómputo del plazo de prescripción de la acción para solicitar su devolución, corresponde al tercer mes computado desde el período tributario en el que se produjo la percepción y/o retención no aplicada.
A continuación, compartimos el contenido de la Resolución de Observancia Obligatoria N° 011538-1-2021.