Trabajadores en trabajo remoto por más de 6 meses en el extranjero pagarán 30% en IR.

Trabajadores en trabajo remoto por más de 6 meses en el extranjero pagarán 30% en IR.

EY advierte a empresas averiguar legislación de países donde laboran sus empleados.

Legislación señala que personas que permanezcan más de 183 días en el exterior en un plazo de 12 meses serán consideradas no domiciliadas y con distinto trato tributario.

El trabajo remoto ya está siendo utilizado por más e un año y medio n muchas empresas, y pese a que trae consigo una serie de beneficios, EY Perú señala que hay ciertos aspectos que ambos, los empleadores y trabajadores, deben considerar sobre esta modalidad laboral, en especial si se está trabajando desde fuera del país.

Uno de dichos aspectos es el posible cambio de domicilio fiscal de trabajadores que vienen trabajando desde el exterior durante la cuarentena, el cual llevaría a un incremento en la tasa del Impuesto a la Renta laboral a pagar por el trabajador, la cual sería de 30%.

La ley señala que si una persona permanece ausente del Perú por más de 183 días calendario durante un periodo de 12 meses, se le considerará no domiciliada.

“En relación con las rentas de trabajo, los no domiciliados tributarán con una tasa del 30% sin derecho a deducciones, mientras que los domiciliados fiscales tributarán con una tasa progresiva acumulativa que va del 8% al 30% y con una deducción inicial de 7 UIT, con posibilidad además de realizar deducción de gastos”, señala EY Law.

Empresas

Trabajar en el exterior también puede tener consecuencias para las empresas.

Al respecto, Adriana Gianotti, gerente senior de EY Perú, indica que “es importante que el empleador conozca si la legislación del país en el cual están residiendo los trabajadores permite llevar a cabo labores dependientes de una compañía extranjera para dicho país, y asimismo las obligaciones tributarias y de seguridad social que pueda tener este trabajador en dicho país.”

De no averiguar dichos datos, las empresas podrían ponerse en riesgo de tener que incrementar pagos por beneficios sociales o exponerse a pago de tributos adicionales.

Fuente: Diario Gestión del 24 de agosto de 2021.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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