Esta iniciativa permitirá a los contribuyentes conocer el estado de su procedimiento de devolución en línea, de manera directa y en tiempo real; es decir, ya no será necesario presentar escritos para acceder a la lectura del expediente o para solicitar copias de los documentos o desplazarse a las dependencias de la SUNAT para realizar un trámite presencial.
Para acceder al Expediente Electrónico de Devoluciones, el contribuyente ingresará a SUNAT Operaciones en Línea, donde podrá verificar el estado de su trámite y acceder a los documentos y escritos vinculados a estos.
A su vez, para la SUNAT, ello significará un ordenamiento, simplificación y optimización en la gestión documental de las solicitudes de devolución. También representará una reducción de sus costos operativos, derivados del consumo de papel, impresión, archivo y conservación de documentos y del propio trabajo administrativo. Así, al proveer de servicios más eficientes, se espera tener un mejor acercamiento con los contribuyentes.
El Expediente Electrónico de Devolución beneficiará a unos 400,000 contribuyentes, que tramitan regularmente este tipo de solicitudes mediante el Formulario Virtual N° 1649.
Lineamientos
Con dicho formulario se pueden presentar solicitudes para la devolución del saldo a favor del Impuesto a la Renta por Rentas de Tercera Categoría, Rentas del Capital y/o Rentas del Trabajo, de percepciones acumuladas del IGV y/o aplicadas a los contribuyentes del Nuevo Régimen Único Simplificado.
La primera fase de la implementación del Expediente Electrónico de Devolución incluirá a contribuyentes de las Intendencias Regionales de La Libertad, Lambayeque, así como las Oficinas Zonales de Chimbote y Huaraz.
La segunda se iniciará a partir del 12 de agosto próximo, y abarcará al resto de las dependencias de la SUNAT, de acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 000072-2021/SUNAT, publicada hoy en el Diario Oficial.
Esta nueva herramienta forma parte del Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV) que, actualmente, incluye los expedientes de los procedimientos de cobranza coactiva de la deuda tributaria, de los procedimientos de fiscalización y de determinados cruces de información, de reclamación y la presentación de solicitudes y escritos, entre otros.
Con este nuevo servicio, que se enmarca en los alcances del Gobierno Digital, la SUNAT avanza en la consolidación de la estrategia de facilitación y simplificación de los procedimientos para promover el cumplimiento voluntario y oportuno de los contribuyentes, sin realizar trámites presenciales.
Fuente: Diario Oficial El Perruano del 30 de mayo de 2021
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