Aprueban nueva versión del Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo – Formulario Virtual Nº 615

Aprueban nueva versión del Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo – Formulario Virtual Nº 615.

Resolución de Superintendencia No. 000019-2021/SUNAT.

Fecha de publicación: 10.02.2021

Fecha de vigencia: 11.02.2021

Con fecha 10 de febrero de 2021, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia No. 000019-2021/SUNAT, mediante la cual se aprueba la nueva versión del Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo – Formulario Virtual Nº 615.

Al respecto, se aprueba la versión 5.1 del PDT ISC – Formulario Virtual N.° 615.

Asimismo, se establece que la versión 5.1 del PDT ISC – Formulario Virtual N.° 615 se encontrará a disposición de todos los interesados en el portal de la SUNAT en la Internet, cuya dirección electrónica es: http://www.sunat.gob.pe, a partir del 11 de febrero de 2021.

De otro lado se dispone que, la versión 5.1 del PDT ISC – Formulario Virtual N.° 615 debe ser utilizada a partir del 11 de febrero de 2021, independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones sustitutorias o rectificatorias.

A continuación, compartimos el contenido de la Resolución de Superintendencia No. 000019-2021/SUNAT.

Aprueban nueva versión del Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo – Formulario Virtual Nº 615

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° 000019-2021/SUNAT

APRUEBAN NUEVA VERSIÓN DEL PROGRAMA DE DECLARACIÓN TELEMÁTICA DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO – FORMULARIO

VIRTUAL N° 615

Lima, 8 de febrero de 2021

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en el primer párrafo del numeral 88.1 del artículo 88 del Código Tributario, cuyo último Texto Único Ordenado (TUO) fue aprobado por el Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, la declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma y lugar establecidos, entre otras normas, por resolución de superintendencia, la cual podrá constituir la base para la determinación de la obligación tributaria;

Que mediante la Resolución de Superintendencia N.° 030-2020/SUNAT, se aprobó la versión 5.0 del Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo (PDT ISC) – Formulario Virtual N.° 615, que viene siendo utilizada por los contribuyentes para declarar y determinar la obligación tributaria que les corresponde por dicho impuesto;

Que, conforme a lo previsto en la Resolución Ministerial N.° 035-2021-EF/15, a partir del 27.1.2021 se actualizaron los montos fijos vigentes aplicables a determinados bienes sujetos al sistema específico del ISC, contenidos en el Nuevo Apéndice IV del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 055-99-EF, razón por la cual resulta necesario que la SUNAT apruebe una nueva versión del PDT ISC – Formulario Virtual N.° 615;

Que estando a lo señalado en el numeral 3.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS, no se prepublica la presente resolución de superintendencia por considerarse que ello resulta innecesario, toda vez que esta solo tiene por finalidad adecuar el PDT ISC – Formulario Virtual N.° 615 a lo dispuesto en la Resolución Ministerial N.° 035-2021-EF/15;

En uso de las facultades conferidas por el numeral 88.1 del artículo 88 del Código Tributario; el artículo 11 del Decreto Legislativo N.° 501, Ley General de la SUNAT; el artículo 5 de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de la nueva versión del PDT ISC – Formulario Virtual N.° 615

Apruébase la versión 5.1 del PDT ISC – Formulario Virtual N.° 615.

Artículo 2.- Obtención de la versión 5.1 del PDT ISC – Formulario Virtual N.° 615

La versión 5.1 del PDT ISC – Formulario Virtual N.° 615 se encuentra a disposición de todos los interesados en el portal de la SUNAT en la Internet, cuya dirección electrónica es: http://www.sunat.gob.pe, a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución de superintendencia.

Artículo 3.- Utilización de la versión 5.1 del PDT ISC – Formulario Virtual N.° 615

La versión 5.1 del PDT ISC – Formulario Virtual N.° 615 debe ser utilizada a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución de superintendencia, independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones sustitutorias o rectificatorias.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

Única.- Vigencia

La presente resolución de superintendencia entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO

Superintendente Nacional

1926358-1

Puntuación: 0 / Votos: 0

MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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