Sunat: Digitalización busca facilitar pagos de las obligaciones

MEJORES VÍNCULOS CON LOS CONTRIBUYENTES

Sunat: Digitalización busca facilitar pagos de las obligaciones

19/11/2020 Trabaja para que el 100% de labor de fiscalización sea también virtual.

Al cierre del 2021, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) concluirá con los pasos correspondientes para que todo el proceso de fiscalización se ejecute de manera virtual, afirmó su gerente de Programación y Fiscalización, Erick Cárdenas García.

Sostuvo que la administración tributaria agiliza todos sus procesos, entre ellos el de fiscalización. “Nuestra intención es que el contacto directo con el contribuyente, mediante un proceso de fiscalización, sea 100% virtual”.

“¿Qué quiere decir?, que la notificación de la orden de fiscalización se efectúe, como ahora, de manera virtual, es decir, se le notifique al buzón del contribuyente; que en la interacción con la Sunat cuando haya un requerimiento sobre una inspección o de una información directa, un cuestionario, también utilicemos mecanismos virtuales”, explicó.

Propuestas

Para tal fin, refirió, la Sunat trabaja propuestas normativas que posibiliten contar, además, con una comparecencia de carácter virtual, la que hoy no se incluye en las disposiciones vigentes. “Consideramos que al final del 2021 debemos cerrar todo el proceso de la fiscalización de manera virtual. Estamos trabajando fuertemente”.

Cárdenas recordó que desde el 1º de agosto de este año las acciones de fiscalización “en las que la Sunat reconoce o determina un nuevo impuesto al contribuyente del período fiscalizado, se efectúan mediante un expediente virtual”.

Una serie de informaciones se realizan o se piden mediante diversos mecanismos digitales, agregó. “Hemos puesto a disposición de los contribuyes plataformas de recepción para grandes volúmenes de información”.

“Toda nuestra comunicación es virtual; tenemos fiscalizaciones parciales electrónicas y hacemos el seguimiento a los auditores para que ejecuten efectivamente su labor de manera correcta y en el plazo previsto, y esto no significa un costo para el contribuyente”.

Ahora, detalló, se pide información en formato digital, lo que antes era en físico, en un proceso de fiscalización en el que “hemos detectado las inconsistencias que el contribuyente tendría que subsanar para que la administración tributaria las acepte o se utilice para una nueva determinación de la obligación”.

Relaciones

En declaraciones a un medio local, Cárdenas precisó también que la administración tributaria gestiona su labor de control mediante el llamado plan de mejora del cumplimiento o plan de acciones operativas tributarias, que se desarrolla sobre la base de una estrategia que busca generar el cambio del comportamiento voluntario del contribuyente hacia el cumplimiento de las obligaciones.

“Para tal fin, estableció una estrategia bidimensional. Una, dirigida a los contribuyentes medianos, pequeños y micros, las personas naturales, y otra, a la gran empresa o a los grandes patrimonios”.

“En relación con el primer universo, lo que se busca es gestionar el riesgo para el cierre de las brechas tributarias. ¿Qué quiere decir?, pues que se inscriban aquellas personas que realizan alguna actividad económica y las que se registren o documenten sus operaciones, es decir, que emitan el comprobante de pago, presenten su declaración y hagan el pago”, aseveró.

En forma adicional, el objetivo es mejorar el relacionamiento con los contribuyentes mediante la transformación digital de los procesos. “La intención es que las personas, mediante la digitalización, puedan cumplir de una manera mucho más sencilla la obligación que hoy es presencial en el sistema financiero o en la Sunat, según corresponda”.

“Además, existe el otro universo de las grandes empresas, aquellos contribuyentes cuyos ingresos son superiores a las 3,000 UIT y las personas naturales cuyo patrimonio personal supera los 3.5 millones de soles. En este grupo hablamos de 6,805 contribuyentes, como grandes empresas, y de 1,634 personas naturales”.

La Sunat, dijo, direcciona sus acciones de fiscalización y control para establecer o determinar algunas prácticas del uso abusivo de las normas que permiten reducir artificialmente la base imponible de los impuestos en estas compañías. “En el caso de las personas naturales buscamos un complemento colaborativo” afirmó.

Cárdenas explicó también que su institución ejecuta, en las acciones de control, tres planes de acción: el primero está vinculado con el cierre de brechas, que constituye una acción preventiva y no se asocia a ninguna determinación ni sanción; el de acciones masivas, en el que por los distintos tributos que administra la Sunat se generan programas de control; y el de acciones selectivas, que principalmente está direccionado a los grandes y principales contribuyentes, que suman alrededor de 15,000.

Por ejemplo, dijo, en el plan de cierre de brechas, a partir del uso del comprobante de pago electrónico y la información que se halla en las redes sociales, “la administración fiscal encontró una serie de operaciones económicas que deberían cumplir con las obligaciones dadas en las leyes”.

Orientación

Erick Cárdenas manifestó que entre los contribuyentes existen personas que tomaron la decisión de no cumplir con su obligación, pero también hay mucha desinformación, mucho error por desconocimiento “o porque alguien les indicó que así se debe hacer”.

“Entonces, la idea de brindar asistencia y orientación mediante la acción preventiva es corregir estos pequeños errores en los que incurren los contribuyentes para evitar un efectos complicados posteriores [sanciones, multas]”.

La Sunat, dijo, efectuó 153,000 acciones preventivas. De este universo, el 80% tuvo contacto con la información, los llamó la Sunat y el 70% de ese universo regularizó la obligación. “Se inscribió, rectificó su declaración o la presentó o sustentó el error”.

Universos

En lo que va del 2020, existen 15,000 grandes contribuyentes, de los cuales 1,600 registran ingresos superiores a las 15,500 UIT, 65 millones de soles para arriba, detalló Erick Cárdenas.

De ese total, dijo, la cobertura es de 54%, es decir, que han sido controlados o son fiscalizados por la Sunat.

En el caso de los medianos contribuyentes, que son 25,000 contribuyentes, la cobertura es del 30%.

Fuente:  Diario Oficial El Peruano del 19 de noviembre de 2020

Puntuación: 0 / Votos: 0

MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *