Los tres efectos que tendrá la eliminación del ITF propuesto por el Congreso, según la Sunat
Si este impuesto se elimina -precisó el intendente de estrategias y riesgos- se dejaría de identificar transacciones sospechas y percibir poco más de S/ 2,000 millones
La Sunat identificó hasta tres efectos que generaría la eliminación del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) que se pretende realizar desde el parlamento a través del Proyecto de Ley No 5626.
Palmer de la Cruz, intendente nacional de Estrategias y Riesgos de la Sunat, explicó que su derogación dificultaría la trazabilidad o rastreo de operaciones ilegales así como la identificación de contribuyentes informales.
Así explicó que si se elimina el ITF el primer efecto que generaría es que desaparecería la posibilidad de detectar la emisión de facturas falsas.
“Entre el 2016 y el 2019 se identificó la emisión de S/ 4,000 millones de facturas falsas ¿Estas cómo se detectan? cuando un proveedor entrega una factura sin fondos lo detectamos a través del ITF. Si este impuesto se elimina sería muy difícil detectarlo”, agregó.
Otra impacto que tendrá la derogación del ITF es que impediría al ente emisor identificar incrementos patrimoniales, operaciones no reales; minería ilegal; transferencias ficticias y el ocultamiento de rentas de fuente extranjera.
“Entre el 2016 y 2019 cerca de 79,000 contribuyentes vienen siendo investigados por falsas declaraciones. Igualmente se detectaron S/ 5,000 millones de operaciones sospechosas por no tener sustento económico detrás. Ambos resultados se han logrado con el ITF”, dijo.
Un tercer impacto está relacionado -precisó- con la recuperación de deudas no declaradas. Al respecto dijo que -a la fecha- se han recuperado S/ 10,000 millones y emitido 638,000 medidas de recuperación.
“El ocultamiento de cuentas, interposición de terceros, simulación de insolvencia y traspaso de bienes son detectados por la Sunat a través de este impuesto”, agregó.
Recordó que con este impuesto (cuya tasa es 0.005%) grava las transacciones por encima de los S/ 100,000 a excepción de las remuneraciones o pensiones; compensacion de tiempo de servicios; fondos mutuos y de inversión.
Fuente: Diario Gestión del 9 de setiembre de 2020