Sunat concluye que las sociedades de beneficencia no se encuentran obligadas a presentar el COA – Estado a partir del 13.9.2018. Informe N°
Con fecha 21 de agosto de 2019, se ha publicado en la página web de SUNAT, el Informe N° 106-2019-SUNAT/7T0000 del 8 de agosto de 2019, mediante el cual la Intendencia Nacional Jurídica de la SUNAT ha concluído que las sociedades de beneficiencia no se encuentran obligadas a presentar el COA –Estado a partir del 13.9.2018.
Sobre el particular, debemos mencionar que el artículo 2° del TUA del COA-Estado señala que las Unidades Ejecutoras y Entidades se encuentran obligadas a proporcionar a la SUNAT información respecto de todas las adquisiciones de bienes y/o servicios por toda fuente que
efectúen a partir del mes de noviembre de 1997, y que en algún momento involucren la utilización de recursos del Estado, aun cuando el proceso de adquisición se realice por encargo de un tercero, sea éste una entidad u organismo público, privado o internacional.
Sin embargo, con la aprobación del Decreto Legislativo N.° 1411 se ha establecido expresamente que las sociedades de beneficencia no se constituyen como entidades públicas y siendo que el TUA del COA-Estado establece que las entidades que proporcionen a la SUNAT información respecto a sus adquisiciones deben cumplir de manera concurrente con estar comprendidas en el Sector Público Nacional y encontrarse en su anexo; SUNAT concluye que aún cuando las sociedades de beneficencia hubieren sido consideradas en el anexo del TUA del COA-Estado, estas no se encuentran comprendidas dentro del Sector Público Nacional desde el 13.9.2018, por lo que a partir de dicha fecha las sociedades de beneficencia ya no se encuentran obligadas a presentar el COAEstado.
A continuación, compartimos la materia de consulta y las conclusiones vertidas por SUNAT, con ocasión de la emisión del Infome N° 106-2019-SUNAT/7T0000:
INFORME N.° 106-2019-SUNAT/7T0000
MATERIA:
Se consulta si las sociedades de beneficencia siguen encontrándose obligadas a presentar el COA – Estado.
CONCLUSIÓN:
Las sociedades de beneficencia no se encuentran obligadas a presentar el COA –Estado a partir del 13.9.2018.