SUNAT emite criterio institucional referido a la deducción adicional por gastos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica. Informe N° 018-2019-SUNAT/7T0000

Gastos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica.

SUNAT concluye que las empresas que se encuentran acogidas a los beneficios de la Ley de Promoción de la
Inversión en la Amazonía, Ley N° 27037, pueden acogerse simultáneamente a la deducción adicional por gastos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica (en adelante, I+D+i) prevista en la Ley N.° 30309. Informe N° 018-2019-SUNAT/7T0000.

Mediante Informe N° 018-2019-SUNAT/7T0000 publicado el 25 de febrero de 2019, en su Página Web, SUNAT ha emitido las siguientes conclusiones vinculadas con el acogimiento a los beneficios de la Ley N° 27037 y la deducción adicional por gastos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica:

INFORME N.° 018-2019-SUNAT/7T0000

MATERIA:

Se consulta si los contribuyentes acogidos a los beneficios e incentivos tributarios establecidos en la Ley N.° 27037 – Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía podrán acogerse simultáneamente a la deducción adicional por gastos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica (en adelante, I+D+i) prevista en la Ley N.° 30309.

CONCLUSIONES:

1. Los contribuyentes acogidos a los beneficios de incentivos tributarios establecidos en la Ley N.° 27037 pueden acogerse simultáneamente a la deducción adicional por gastos de I+D+i prevista en la Ley N.° 30309, en la medida que se cumpla los requisitos exigidos en ambas normas.

2. Sin perjuicio de ello, cabe indicar que en cuanto al beneficio de exoneración del impuesto a la renta que prevé la Ley N.° 27037 y el de determinación de la depreciación sobre el costo computable más el 75% o 50% de su valor, contemplado en la Ley N.° 30309, el sujeto beneficiario deberá aplicar, respecto de estos beneficios, el tratamiento de uno de ellos.

A continuación, compartimos el Informe N° 018-2019-SUNAT/7T0000:

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2019/informe-oficios/i018-2019-7T0000.pdf

 

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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