SUNAT no sancionará las infracciones por libros electrónicos anteriores a marzo pasado, si son subsanados dentro de los plazos establecidos. R. S. Nº 106-2018/SUNAT.
SUNAT EMITE RESOLUCIÓN
Modifican régimen de la gradualidad de sanciones
Institución establece pautas sobre el extorno de montos recaudados.
Fuente: Diario Oficial El Peruano del miércoles 25 de abril de 2018
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) modificó el Régimen de gradualidad de sanciones aplicables a las infracciones relacionadas con las obligaciones de llevar libros y registros, o contar con informes u otros documentos.
El ente recaudador, de este modo, decidió no sancionar las infracciones por libros electrónicos anteriores a marzo pasado, si son subsanados dentro de los plazos establecidos, señala la R. S. Nº 106-2018/SUNAT.
La norma, además, incluye dentro del criterio de subsanación a los documentos que se notifican dentro de actuaciones distintas a un procedimiento de fiscalización. Así, los infractores podrán acceder en este caso a las rebajas de la multa respectiva.
Se extiende –entonces– el criterio de pago de la multa cuando los infractores subsanen voluntariamente, permitiéndoles acceder a un mayor porcentaje de rebaja, indicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala, al comentar la citada resolución.
Libros electrónicos
Respecto de las obligaciones referidas a libros y registros electrónicos, sostuvo que se establece un porcentaje adicional de rebaja de la multa, cuando el infractor que reúna determinadas condiciones cumpla con los criterios de gradualidad establecidos; y, además, se modifica los porcentajes de rebaja de la sanción pecuniaria.
La Sunat también aplica su facultad discrecional para no sancionar las infracciones, por llevar libros y registros sin observar la forma y condiciones establecidas y llevarlos con atraso mayor al permitido, relacionadas con libros y registros electrónicos, que correspondan a periodos anteriores a marzo 2018, siempre que el infractor cumpla con los determinados requisitos.
Con ello, pretende incentivar el cumplimiento del llevado de libros y registros de manera electrónica conforme a la normativa vigente.
La Sunat fija también que durante 5 años, o mientras el tributo no esté prescrito, el plazo que fuera mayor deberá conservarse los libros y registros electrónicos en medio magnético, óptico o similares.
Se fija, finalmente, los requisitos para la aplicación de la facultad discrecional a fin de no sancionar las infracciones por llevar libros y registros sin observar la forma.
Extorno
La entidad recaudadora modificó las disposiciones relativas al extorno de los montos ingresados como recaudación mediante el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT). Así, determinó que notificada la resolución que aprueba el extorno y abonados los montos extornados a la cuenta de detracciones correspondiente se entienda que estos sean considerados de libre disposición del titular de la cuenta, detalla la Resolución de Superintendencia N° 105-2018/SUNAT.