Aprueban nueva “Cartilla de referencia de valores” y sus instrucciones. Resolución de Intendencia Nacional N° 08-2018-SUNAT/310000
El día de hoy, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Intendencia Nacional N° 08-2018-SUNAT/310000 mediante la cual se aprueba la nueva “Cartilla de referencia de valores”
A continuación, compartimos el contenido de la aludida Resolución de Intendencia Nacional N° 08-2018-SUNAT/310000:
http://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/aprueban-nueva-cartilla-de-referencia-de-valores-y-sus-ins-resolucion-no-08-2018-sunat310000-1636209-1/
Aprueban nueva “Cartilla de referencia de valores” y sus instrucciones
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL
N° 08-2018-SUNAT/310000
Callao, 9 de abril de 2018
CONSIDERANDO:
Que el artículo 26 del Reglamento para la Valoración de Mercancías según el Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC, aprobado por Decreto Supremo N° 186-99-EF, establece que en los casos de despacho simplificado de importación, a elección del importador, el valor en aduana se puede determinar de acuerdo con la cartilla de referencia de valores que se publique en el portal institucional;
Que mediante Resolución de Intendencia Nacional N° 09-2016-SUNAT/5F0000 se aprobó la “Cartilla de referencia de valores” y sus instrucciones;
Que debido a los avances tecnológicos y las variaciones de precios en los mercados internacionales resulta necesario actualizar la relación de productos y valores, por lo que debe aprobarse una nueva Cartilla de referencia de valores y sus instrucciones;
En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 245-D del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias, y estando a la Resolución de Superintendencia N° 190-2017/SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación
Apruébase la nueva “Cartilla de referencia de valores” y sus instrucciones que como Anexos 1 y 2 forman parte integrante de la presente resolución, los cuales deben ser publicados en el portal institucional (www.sunat.gob.pe).
Artículo 2.- Derogación
Derógase la “Cartilla de referencia de valores” y sus instrucciones aprobada con Resolución de Intendencia Nacional N° 09-2016-SUNAT/5F0000.
Artículo 3.- Vigencia
La presente resolución entra en vigencia a los siete días calendario computados a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFONSO IVÁN LUYO CARBAJAL
Intendente Nacional (e)