Personas naturales sin RUC podrán realizar operaciones desde Sunat Virtual

Medida dispuesta por la Sunat busca promover en los peruanos, que radican en el extranjero, acogerse al régimen de Repatriación de Capitales (el plazo para acogerse vence el 29 de diciembre de 2017) y también facilitar la devolución de impuestos a los trabajadores dependientes sin RUC (generadores de rentas de quinta categoría)

Fuente. Diario Gestión del martes 18 de julio de 2017.

Cambios en Sunat. A partir de la fecha las personas naturales, que no cuenten con RUC, podrán realizar operaciones en línea – desde Sunat Virtual – únicamente con su número de DNI.

Incluso bastará este requisito para generar su Clave SOLen la plataforma virtual del ente recaudador, de acuerdo a un dispositivo legal. Esta medida, en concreto, beneficiará aproximadamente hasta 7 millones de peruanos con trabajo dependiente (en planilla), sumado a los que deseen acogerse al régimen de Repatriación de Capitales.

Para el tributarista, Walker Villanueva, la medida dictada por el recaudador será de gran ayuda para los trabajadores en planilla, a fin de que puedan pedir la devolución del Impuesto a la Renta, ya que muchos de ellos al no contar con RUC, se les cortaban esta posibilidad.

“Ahora los trabajadores en planilla tendrán la posibilidad de pedir al ente recaudador la devolución del pago en exceso por Impuesto a la Renta sin necesidad de contar con RUC y lo mismo ocurrirá con las trabajadores independientes”, refirió a Gestión.pe.

Como se recuerda, desde este año, existe la posibilidad de una deducción adicional de 3 UIT (S/ 12,150) a las obligatorias 7 UIT (S/ 28,350) que se aplican a los trabajadores dependientes e independientes para efecto del pago del Impuesto a la Renta, de hasta un total de S/ 40,500 accediendo así a la devolución de impuesto cobrados en exceso.

Para el también tributarista, José Verona, otra de las ventajas de este medida es que la fiscalización del ente recaudador ya no se limitará únicamente aquellos que tengan RUC, que son 7 millones de peruanos, sino que va a todo aquel que tenga Documento de Identidad.

“Cuántos millones de peruanos compran con DNI en las tiendas por departamento, ahora podrá mapear esa información y fiscalizarlos sin ningún problema”, detalló.

En el caso de los peruanos en el extranjero que deseen acogerse al régimen de Repatriación de Capitales, esta norme les ahorra los trámite que generaba – hasta la fecha – la obtención de la Clave SOL para lo cual tenía que ir hasta el consulado peruano para presentar una carta poder u otro.

“Ahora ya no será necesario tanto trámite bastará su DNIpara generar su Clave SOL y automáticamente acogerse desde Sunat Virtual al nuevo régimen. Les facilita tremendamente la vida a los peruanos en el exterior”, agregó Verona.

“Con este cambio, se beneficiará a 25 millones de peruanos ya que se está abriendo las puertas de la Sunat a 18 millones de peruanos (dado que 7 millones ya cuentan con RUC) tanto para poderlos fiscalizar como para obtener beneficios de devolución y repatriación de capitales”, puntualizó.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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