LOS 5 REPAROS EFECTUADOS POR SUNAT A TELEFÓNICA POR UNA DEUDA ASCENDENTE A S/. 2,600 MILLONES DE SOLES.

El día de hoy, miércoles 28 de junio de 2017, se ha publicado en el Diario Gestión en la Sección Economía,  página 10, la noticia referida a la controversia  que actualmente se viene discutiendo en sede judicial entre SUNAT y Telefónica por una deuda de S/. 2,600 Millones de Soles, la cual ha quedado al voto.

Al respecto, se indica que el litigio se origina en reparos que para el fisco no se encuentran debidamente justificados, siendo  que más del 70% de la disputa se refiere a la cobranza dudosa y acreditación de gastos financieros no sustentado

Asimismo, se menciona que el origen de la controversia se remonta a los ejercicios fiscales de Telefónica del Perú (TdP)  de los años 1998 y 2000-2001, respecto al pago del Impuesto a la Renta (IR) cuyos gastos fueron fiscalizados por la SUNAT, que determinó un pago adicional de S/. 338 Millones. Para los abogados de TdP la SUNAT desconoció arbitrariamente como gasto la gestión de cobranza iniciada por la empresa, así como el flujo financiero, que representan más del 70% de la deuda acotada por el Fisco.

De otro lado, se dá cuenta de los 5 reparos que son materia de controversia en sede judicial y que se detallan de la siguiente manera:

  1. Carga financiera: La SUNAT requirió a Telefónica del Perú que demuestre el uso de los gastos mediante comprobantes de pago y no con flujos financieros (estados financieros), cuyo monto a la fecha ascendería a S/. 801 millones.
  2. Cobranza dudosa: El monto estimado es, al 2017 S/. 235 Millones; para la SUNAT, los mecanismos de cobro usados por Tdp no son adecuados Sin embargo, el fisco tiene un sistema similar para imputar las deudas a los contribuyentes con el mismo mensaje “si ya pagó la deuda, no dé por válido el requerimiento de pago”
  3. Otra de las acotaciones que resolverá la Corte Suprema se refiere al arrendamiento de teléfonos públicos en bodegas, farmacias y otros, cuyo monto actualizado ascendería a S/. 57 millones. En este caso SUNAT indicó que el comprobante adecuado para sustentar ese gasto eran las boletas o facturas, ya que se contrataron a empresas (personas con negocio), y no mediante recibos.
  4. Reorganización. La SUNAT consideró que la (división) del bloque empresarial para formar Movistar no debió ser beneficiada con la exoneración del pago del Impuesto a la Renta por no cumplir los requisitos legales. El monto sería de S/. 456 Millones.
  5. Costo de activo fijo deducido ilegalmente. La SUNAT consideró que Telefónica uso indebidamente como costo deducible y luego extracontractualmente como gastos generados (planilla y otros). El monto actualizado sería de S/. 240 millones.

En cuanto al reparo por provisión de cobranza dudosa, se menciona que los abogados de Tdp afirmaron que no se reconoció como gastos deducibles los recibos telefónicos no cobrados a sus clientes (provisión de cobranza dudosa) descartando el sistema integral de cobranza que constaba la anotación de la deuda en el recibo, el envío de cartas de cobranza, telegestión y el corte parcial o total del servicio, entre otros. Además, TdP detalló que el recibo enviado por los servicios telefónicos en donde se comunicaba la deuda vencida era similar al que Sedapal remitía a sus clientes; y que a la empresa estatal sí se le reconoció la gestión de cobro, pero a TdP no.

De otro lado, según la nota periodística, se señala que los abogados de la SUNAT indicaron que las acotaciones parten de un sustento jurídico y no económico. Así respecto  a las gestiones de cobranza dudosa, explicaron que TdP no ha realizado una “intimación” (requerimiento de pago) adecuada de la deuda.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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