Conozca el Proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba disposiciones para la implementación del procedimiento de atribución de SSCO.

Conozca el Proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba disposiciones para la implementación del procedimiento de atribución de SSCO.

Proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba disposiciones para la implementación del Decreto Legislativo N.° 1532 y modifica la normativa de comprobantes de pago.

Proyecto N° 007-2024

Fecha de publicación: 08.12.2024

Con fecha 08 de diciembre de 2024, se ha publicado en la página web de Sunat, el Proyecto de Resolución de Superintendencia N° 007 que aprueba disposiciones para la implementación del Decreto Legislativo N.° 1532 y modifica la normativa de comprobantes de pago.

Al respecto, a efectos de implementar el Decreto Legislativo N.° 1532 (Decreto), que regula el procedimiento de atribución de la condición de sujeto sin capacidad operativa (SSCO), se establece:

  1. a) Los efectos de las publicaciones a que se refieren los artículos 7 y 12 del Decreto.
  2. b) La forma en que el deudor tributario puede presentar la solicitud de revisión de los comprobantes de pago y documentos complementarios que el SSCO le hubiera otorgado y en la que las empresas individuales de responsabilidad limitada, contratos de colaboración empresarial y sociedades cuyos titulares, partes contratantes o socios sean SSCO, puedan solicitar su exclusión de la publicación y el levantamiento de restricciones, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 13.3 del artículo 13 del Decreto.
  3. c) Modifica la normativa referida a comprobantes de pago, en lo pertinente.

A continuación, compartimos el contenido del Proyecto de Resolución de Superintendencia N° 007-2024.

Puede ser una ilustración de texto que dice "N.® PROYECTO DE DISPOSICIONES 1532 MODIFICA DE -2024/SUNAT DEL NORMATIVA QUE APRUEBA LEGISLATIVO PAGO CONSIDERANDO: Que, egislativo condición sujeto capacidad operativa (SSCO) aspectos. que SUNAT publica en Diario relación de condición hayan quedado (EIRL). empresas la sean Decreto señala aspectos mediante resolución superintendencia, pago incluidos deben 6er establecidos por baja SUNAT deboletas venta notas pueden realizar comprobantes forma EIRL, incluidos relación que exclusión que los medios aquella relación Decreto establece implementación señalados, Segunda Disposición SUNAT aprueba dispuesto atención mediante necesarias reglamento; la considerandos precedentes, coe6ponиe superintendencia publicaciones presentación solicitudes erevisión exclusión, asi como realizar modificaciones normativa comprobantes de pago;"

Puede ser una ilustración de texto

 

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Puede ser una imagen de texto que dice "trámite dicha solicitudy. dispuesto caso, impugnación segundo: último Supremo 133-2013-EF. respectiva resolución artículos Ordenado aprobado DISPOSICIÓN Vigencia La presente entra vigor dia siguiente publicación. Primera. Modificación del Reglamento incorpora un ültimo en Comprobantes Pago inciso COMPROBANTES articulo PAGO de pago EMITIRSE EN CADA CASO emitidos los ejercer derecho gasto crédito fiscal: tributario, crédito Los sujetos que permitan efectos que capacidad operativa, pueden y/o en costo Renta. mantenerse dichas decreto su reglamento. incorpora acuerdo último con N. articulo texto: de Superintendencia sujetos indluidos publicaciones 1532, que costo refieren operativa, gasto para efectos del Impuesto del utilizar atribución Renta, con"

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Puede ser una ilustración de texto

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Puede ser una ilustración de texto que dice "emite los casos previstos en inciso del articulo RCP. con exclusión de las operaciones realizadas por los sujetos incluidos en quese DecretoL 1532, que regula rocedimiento atribución del condición sujeto capacidad operativa. durante plazo deban mantenerse dichas publicaciones, de acuerdo con establecido mencionado decreto legislativo su reglamento. Registrese, comuniquese SUHAT VER paTR ALHCRLUSDZ HACCHALADJUNIO DENTE ASUNAT TENDENTE TENDEVN ФфHaT ΜΙAΝΑ"

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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